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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 03 de abril del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID

Edicto

Doña Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal n.º 474/2013 referente al deudor YUSCAN CORREDURIA DE SEGUROS, S.L., con fecha 21/03/2014 se ha dictado Auto cerrando fin fase común con apertura de convenio, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal, del concursado YUSCAN CORREDURIA DE SEGUROS, S.L., con CIF B-80614084.

2.- Se abre la fase de convenio, y llévese testimonio de la presente resolución a la Sección quinta.

3.- Se convoca Junta de acreedores que se celebrará el día 13 de junio de 2014, a las 11:00 horas de su mañana, en La Sede de este órgano Judicial.

4.- Se someterá a la deliberación y resolución de la Junta la propuesta de convenio presentada por la mercantil concursada.

Dicha propuesta pueden ser examinada por los interesados en la Secretaría del Juzgado.

5.- Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el artículo 115.3 de la LC.

6.- Notifíquese este auto al concursado a la Administración concursal y a las partes personadas.

7.- Anúnciese la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Modo de impugnación:

1.- La resolución por la que se acuerda la finalización de la fase común, será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 197.4 LC (Art. 98.2 LC).

2.- Contra el resto de pronunciamientos, cabrá recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 197 de la LC y 451, 452 de la LEC).

Madrid, 21 de marzo de 2014.- La Secretaria judicial.

Empresa
  • YUSCAN CORREDURIA DE SEGUROS SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 21/03/2014  

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