Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 05 de diciembre del 2024 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa WILLIS IBERIA CORREDURIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 02 de diciembre del 2024 con los datos de inscripción Diario: 235 Sección: 2 Pág: 8192 - 8192.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea. (LME), se hace público que el día 2 de diciembre de 2024, el accionista único de la sociedad WILLIS IBERIA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.U., esto es, la sociedad BOLGEY HOLDING, S.A.U., y el accionista único de la sociedad BOLGEY HOLDING, S.A.U., esto es, la sociedad WILLIS EUROPE B.V., decidieron respectivamente aprobar la fusión por absorción de BOLGEY HOLDING, S.A.U. (Sociedad Absorbida) por parte de WILLIS IBERIA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.U. (Sociedad Absorbente) de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y firmado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión el día 28 de junio de 2024.
La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo de los documentos ni el anuncio exigidos por el artículo 7 de la LME, los cuales se incorporarán a la escritura de fusión. Asimismo se hace constar que los derechos de información de los trabajadores sobre la modificación estructural no se han restringido por el hecho de que la fusión haya sido aprobada en junta universal.
A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 por remisión del artículo 56 de la LME.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho a obtener garantías suficientes que asiste a los acreedores en los términos del artículo 13 de la LME.
En Madrid, 2 de diciembre de 2024.- Dña. Cristina Isabel Redondo Belda, Secretaria no consejera de los consejos de administración de Willis Iberia Correduría de Seguros y Reaseguros, S.A.U. y Bolgey Holding, S.A.U.
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