985101100
CNAE 1054 - Preparación de leche y otros productos lácteos
A27005511
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Información sobre balances y cuentas de resultados de VEGA DE ORO SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por VEGA DE ORO SAU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusion
En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales ordinarias de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 30 de junio de 2006, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima, de las siguientes: «Sociedad Agrofinanciera, Sociedad Anónima, Unipersonal», «Vega de Oro, Sociedad Anónima, Unipersonal» y «Central Lechera de Pontevedra, Sociedad Anónima, Unipersonal», con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, sin que se produzca ningún aumento de capital en esta última. Asimismo, se aprobaron como Balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2005. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos fiscales y contables por cuenta de la sociedad absorbente, será la de 1 de enero de 2006. No se otorgarán en la absorbente ventajas de ninguna clase, ni tampoco a favor de los Administradores de las sociedades participantes en la fusión.
De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan, a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Oviedo, a 5 de julio de 2006.-Jesús Saénz de Miera y Zapico Presidente de Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima y de Sociedad Agrofinanciera, Sociedad Anónima, Unipersonal.-Juan Calderón Labao, persona física en representación de Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima, Administradora Unica de Vega de Oro, Sociedad Anónima, Unipersonal y de Central Lechera de Pontevedra, Sociedad Anónima, Unipersonal.-43.632. 2.ª 13-7-2006
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Anuncio de fusion
En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales ordinarias de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 30 de junio de 2006, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima, de las siguientes: «Sociedad Agrofinanciera, Sociedad Anónima, Unipersonal», «Vega de Oro, Sociedad Anónima, Unipersonal» y «Central Lechera de Pontevedra, Sociedad Anónima, Unipersonal», con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, sin que se produzca ningún aumento de capital en esta última. Asimismo, se aprobaron como Balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2005. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos fiscales y contables por cuenta de la sociedad absorbente, será la de 1 de enero de 2006. No se otorgarán en la absorbente ventajas de ninguna clase, ni tampoco a favor de los Administradores de las sociedades participantes en la fusión.
De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan, a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Oviedo, a 5 de julio de 2006.-Jesús Saénz de Miera y Zapico Presidente de Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima y de Sociedad Agrofinanciera, Sociedad Anónima, Unipersonal.-Juan Calderón Labao, persona física en representación de Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima, Administradora Unica de Vega de Oro, Sociedad Anónima, Unipersonal y de Central Lechera de Pontevedra, Sociedad Anónima, Unipersonal.-43.632. 2.ª 13-7-2006
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Anuncio de fusion
En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales ordinarias de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 30 de junio de 2006, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima, de las siguientes: «Sociedad Agrofinanciera, Sociedad Anónima, Unipersonal», «Vega de Oro, Sociedad Anónima, Unipersonal» y «Central Lechera de Pontevedra, Sociedad Anónima, Unipersonal», con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, sin que se produzca ningún aumento de capital en esta última. Asimismo, se aprobaron como Balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2005. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos fiscales y contables por cuenta de la sociedad absorbente, será la de 1 de enero de 2006. No se otorgarán en la absorbente ventajas de ninguna clase, ni tampoco a favor de los Administradores de las sociedades participantes en la fusión.
De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan, a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Oviedo, a 5 de julio de 2006.-Jesús Saénz de Miera y Zapico Presidente de Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima y de Sociedad Agrofinanciera, Sociedad Anónima, Unipersonal.-Juan Calderón Labao, persona física en representación de Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima, Administradora Unica de Vega de Oro, Sociedad Anónima, Unipersonal y de Central Lechera de Pontevedra, Sociedad Anónima, Unipersonal.-43.632. 1.ª 12-7-2006
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