CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B17158874
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Información sobre balances y cuentas de resultados de TIVALI SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por TIVALI SL o en los que participa indirectamente.
Escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas generales y extraordinarias de las sociedades «Tivali, Sociedad Limitada», «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal», celebradas con carácter de universal el día 23 de enero de 2006, acordaron por unanimidad, la escisión total de «Tivali, Sociedad Limitada» que quedará disuelta sin liquidación y dividirá la totalidad de su patrimonio social en dos partes, una que se traspasará a «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y la otra a «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal», con el reparto que se ha hecho constar en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil. Las sociedades beneficiarias adquirirán a título de sucesión universal la parte del patrimonio de la sociedad escindida traspasado a cada una de ellas, y quedarán subrogadas en todos los derechos y obligaciones de aquélla correspondientes a la parte del patrimonio que les ha sido atribuido. La escisión se llevará a efecto según el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Girona, el día 19 de enero de 2006, y con los respectivos Balances cerrados a 15 de diciembre de 2005.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de escisión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de escisión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de escisión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Girona a, 24 de enero de 2006.-Los Administradores de «Tivali, Sociedad Limitada», «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal».-Don Francesc Alvarez Rubirola y don Santiago Juandó Coromina.-6.256. y 3.ª 16-2-2006
Escindida |
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Beneficiaria |
Escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas generales y extraordinarias de las sociedades «Tivali, Sociedad Limitada», «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal», celebradas con carácter de universal el día 23 de enero de 2006, acordaron por unanimidad, la escisión total de «Tivali, Sociedad Limitada» que quedará disuelta sin liquidación y dividirá la totalidad de su patrimonio social en dos partes, una que se traspasará a «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y la otra a «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal», con el reparto que se ha hecho constar en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil. Las sociedades beneficiarias adquirirán a título de sucesión universal la parte del patrimonio de la sociedad escindida traspasado a cada una de ellas, y quedarán subrogadas en todos los derechos y obligaciones de aquélla correspondientes a la parte del patrimonio que les ha sido atribuido. La escisión se llevará a efecto según el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Girona, el día 19 de enero de 2006, y con los respectivos Balances cerrados a 15 de diciembre de 2005.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de escisión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de escisión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de escisión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Girona a, 24 de enero de 2006.-Los Administradores de «Tivali, Sociedad Limitada», «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal».-Don Francesc Alvarez Rubirola y don Santiago Juandó Coromina.-6.256. 2.ª 15-2-2006
Escindida |
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Beneficiaria |
Escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas generales y extraordinarias de las sociedades «Tivali, Sociedad Limitada», «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal», celebradas con carácter de universal el día 23 de enero de 2006, acordaron por unanimidad, la escisión total de «Tivali, Sociedad Limitada» que quedará disuelta sin liquidación y dividirá la totalidad de su patrimonio social en dos partes, una que se traspasará a «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y la otra a «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal», con el reparto que se ha hecho constar en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil. Las sociedades beneficiarias adquirirán a título de sucesión universal la parte del patrimonio de la sociedad escindida traspasado a cada una de ellas, y quedarán subrogadas en todos los derechos y obligaciones de aquélla correspondientes a la parte del patrimonio que les ha sido atribuido. La escisión se llevará a efecto según el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Girona, el día 19 de enero de 2006, y con los respectivos Balances cerrados a 15 de diciembre de 2005.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de escisión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de escisión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de escisión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Girona a, 24 de enero de 2006.-Los Administradores de «Tivali, Sociedad Limitada», «Mergi 2005, Sociedad Limitada» y «Palamós Parc, Sociedad Limitada, Unipersonal».-Don Francesc Alvarez Rubirola y don Santiago Juandó Coromina.-6.256. 1.ª 14-2-2006
Escindida |
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