954087330
CNAE 6190 - Otras actividades de telecomunicaciones
A41910332
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Sevilla
Información sobre balances y cuentas de resultados de SUPERCABLE ANDALUCIA SA depositados en el Registro Mercantil de Sevilla en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SUPERCABLE ANDALUCIA SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de accionistas de "Auna Telecomunicaciones, S. A." (sociedad absorbente), celebrada con carácter universal, y el accionista único de las siguientes ocho sociedades: "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal", "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal" (sociedades absorbidas), acordaron por unanimidad la fusión por absorción de las citadas ocho sociedades por su accionista único, "Auna Telecomunicaciones, S. A." (sociedad absorbente), mediante el procedimiento establecido en el artículo 250 del citado texto legal.
La fusión se realiza en los términos propuestos en el proyecto de fusión conjunto depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Barcelona, Zaragoza, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla y Alicante, y producirá la transmisión en bloque, como sucesión a título universal del patrimonio de las siguientes ocho sociedades: "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal, "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal, "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal" y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal", con sus obligaciones y derechos, a la sociedad absorbente. No se produce aumento de capital en la sociedad absorbente, ni se atribuye ningún tipo de ventaja a expertos o Administradores.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2002, en las sociedades absorbidas y en la sociedad absorbente.
Se reconoce, a efectos de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, a oponerse a la misma en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Asimismo, los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como los representantes de los trabajadores tienen derecho de examinar en el domicilio social: El proyecto de fusión, las cuentas anuales y el informe de gestión, auditados, de las sociedades que participan en la fusión; los estatutos de todas ellas; y la relación de nombres, apellidos, edad o, en caso de personas jurídicas, su denominación, nacionalidad y domicilio de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y fecha desde la que desempeñan sus cargos.
El Secretario del Consejo de Administración de "Auna Telecomunicaciones, S. A." y los Administradores de "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal", "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal".
Barcelona, 19 de febrero de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de "Auna Telecomunicaciones, S. A.", José Manuel García-Mon Benayas.-5.999. y 3.a 24-2-2003.
Absorbente | |
Absorbida |
Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de accionistas de "Auna Telecomunicaciones, S. A." (sociedad absorbente), celebrada con carácter universal, y el accionista único de las siguientes ocho sociedades: "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal", "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal" (sociedades absorbidas), acordaron por unanimidad la fusión por absorción de las citadas ocho sociedades por su accionista único, "Auna Telecomunicaciones, S. A." (sociedad absorbente), mediante el procedimiento establecido en el artículo 250 del citado texto legal.
La fusión se realiza en los términos propuestos en el proyecto de fusión conjunto depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Barcelona, Zaragoza, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla y Alicante, y producirá la transmisión en bloque, como sucesión a título universal del patrimonio de las siguientes ocho sociedades: "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal, "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal, "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal" y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal", con sus obligaciones y derechos, a la sociedad absorbente. No se produce aumento de capital en la sociedad absorbente, ni se atribuye ningún tipo de ventaja a expertos o Administradores.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2002, en las sociedades absorbidas y en la sociedad absorbente.
Se reconoce, a efectos de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, a oponerse a la misma en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Asimismo, los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como los representantes de los trabajadores tienen derecho de examinar en el domicilio social: El proyecto de fusión, las cuentas anuales y el informe de gestión, auditados, de las sociedades que participan en la fusión; los estatutos de todas ellas; y la relación de nombres, apellidos, edad o, en caso de personas jurídicas, su denominación, nacionalidad y domicilio de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y fecha desde la que desempeñan sus cargos.
El Secretario del Consejo de Administración de "Auna Telecomunicaciones, S. A." y los Administradores de "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal", "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal".
Barcelona, 19 de febrero de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de "Auna Telecomunicaciones, S. A.", José Manuel García-Mon Benayas.-5.999. 2.a 21-2-2003.
Absorbente | |
Absorbida |
Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de accionistas de "Auna Telecomunicaciones, S. A." (sociedad absorbente), celebrada con carácter universal, y el accionista único de las siguientes ocho sociedades: "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal", "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal" (sociedades absorbidas), acordaron por unanimidad la fusión por absorción de las citadas ocho sociedades por su accionista único, "Auna Telecomunicaciones, S. A." (sociedad absorbente), mediante el procedimiento establecido en el artículo 250 del citado texto legal.
La fusión se realiza en los términos propuestos en el proyecto de fusión conjunto depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Barcelona, Zaragoza, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla y Alicante, y producirá la transmisión en bloque, como sucesión a título universal del patrimonio de las siguientes ocho sociedades: "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal, "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal, "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal" y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal", con sus obligaciones y derechos, a la sociedad absorbente. No se produce aumento de capital en la sociedad absorbente, ni se atribuye ningún tipo de ventaja a expertos o Administradores.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2002, en las sociedades absorbidas y en la sociedad absorbente.
Se reconoce, a efectos de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, a oponerse a la misma en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Asimismo, los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como los representantes de los trabajadores tienen derecho de examinar en el domicilio social: El proyecto de fusión, las cuentas anuales y el informe de gestión, auditados, de las sociedades que participan en la fusión; los estatutos de todas ellas; y la relación de nombres, apellidos, edad o, en caso de personas jurídicas, su denominación, nacionalidad y domicilio de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y fecha desde la que desempeñan sus cargos.
El Secretario del Consejo de Administración de "Auna Telecomunicaciones, S. A." y los Administradores de "Madritel Comunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cable i Televisió de Catalunya, S. A., Sociedad Unipersonal", "Aragón de Cable, S. A., Sociedad Unipersonal", "Cabletelca, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Andalucía, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Sevilla, S. A., Sociedad Unipersonal", "Supercable Almería Telecomunicaciones, S. A., Sociedad Unipersonal", y "Med Telecom, S. A., Sociedad Unipersonal".
Barcelona, 19 de febrero de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de "Auna Telecomunicaciones, S. A.", José Manuel García-Mon Benayas.-5.999. 1.a 20-2-2003.
Absorbente | |
Absorbida |
Convocatoria de la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas Se convoca a los señores accionistas de "Supercable Andalucía, Sociedad Anónima", a la Junta general ordinaria y extraordinaria que tendrá lugar en Sevilla, en el domicilio social, situado en el edificio centro "La Buhaira", en la avenida de la Buhaira, número 29, el próximo día 27 de junio de 2002, a las diecisiete horas, en primera convocatoria y, en su caso, en segunda convocatoria, al día siguiente, a la misma hora, y en el mismo lugar, para deliberar y adoptar los acuerdos que procedan en relación con el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales de la sociedad (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, y Memoria) formuladas por los Administradores de la sociedad, correspondientes al ejercicio social concluido el día 31 de diciembre de 2001, una vez verificadas por el Auditor de cuentas de la sociedad. Censura de la gestión social.
Segundo.-Examen y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado del ejercicio, de acuerdo con el Balance aprobado.
Tercero.-Acogimiento, en su caso, al régimen de consolidación fiscal, e integración, en su caso, en el Grupo 23/01, cuya sociedad dominante es "Auna Operadores de Telecomunicaciones, Sociedad Anónima".
Cuarto.-Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de modificación de la estructura del órgano de administración de la sociedad, pasando de un Consejo de Administración a dos Administradores mancomunados.
Estudio y aprobación, en su caso, de las modificaciones estatutarias pertinentes (artículos 3,8, y 17 a 27, ambos inclusive, de los Estatutos sociales).
Nombramiento, en su caso, de los Administradores mancomunados de la sociedad.
Quinto.-Delegación de facultades en los Administradores de la sociedad para la interpretación, subsanación, ejecución y formalización de los acuerdos adoptados por la Junta general.
Sexto.-Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Junta, o designación de Interventores.
Los Administradores podrán requerir la presencia de un Notario para que levante acta de la Junta.
En tal caso, los honorarios notariales serán de cargo de la sociedad.
Podrán asistir a la Junta, de conformidad con lo previsto en los Estatutos de la sociedad, todas las personas, naturales o jurídicas, que acrediten su condición de accionistas ante la sociedad en la forma establecida por la Ley de Sociedades Anónimas.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar por otra persona, aunque ésta no sea accionista. Las representaciones de los accionistas se ajustarán a lo previsto en los Estatutos sociales.
A partir de la presente convocatoria de la Junta general, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma (Balance de situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, y Memoria, correspondientes al ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2001), así como el informe de gestión formulado por los Administradores de la sociedad y el informe de los Auditores de cuentas de la sociedad. Dicha documentación consta, así mismo, a su disposición en el domicilio social, situado en el edificio centro "La Buhaira", avenida de la Buhaira, 29, de Sevilla.
En relación con el punto cuarto del orden del día, se hace constar, así mismo, que todos los accionistas podrán examinar, en el domicilio social, el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y el informe del Consejo de Administración sobre las mismas. Todos los accionistas podrán pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.
Sevilla, 29 de mayo de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración.-27.268.
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SUPERCABLE ANDALUCIA SA es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla. Su clasificación nacional de actividades económicas es Otras actividades de telecomunicaciones.
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