981633000
CNAE 1091 - Fabricación de productos para la alimentación de animales de granja
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SUMINISTROS AGROGANDO SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | Consultar en Axesor | ||
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SUMINISTROS AGROGANDO SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión A efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Juntas Generales Universales de las entidades "Suministros Agrogando, S. L.", y "Progando, S. L., Sociedad Unipersonal", con fecha 18 de marzo de 2003, se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, adquiriendo "Suministros Agrogando, S. L.", por sucesión universal, el patrimonio de "Progando, S. L.
Sociedad Unipersonal", la cual quedará disuelta y extinguida, sin apertura del período de liquidación, con el traspaso a la Sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de aquélla. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2003.
Se hace constar que los socios y los acreedores de las Sociedades participantes en al fusión, tienen el derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, se hace saber, que los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
A Coruña, 19 de marzo de 2003.-Los Administradores Solidarios de la Sociedad absorbente y el Administrador único de la Sociedad absorbida, D. José Turnes Paredes y D. Serafín Veras Vázquez.-10.380. y 3.a 26-3-2003.
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Anuncio de fusión A efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Juntas Generales Universales de las entidades "Suministros Agrogando, S. L.", y "Progando, S. L., Sociedad Unipersonal", con fecha 18 de marzo de 2003, se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, adquiriendo "Suministros Agrogando, S. L.", por sucesión universal, el patrimonio de "Progando, S. L.
Sociedad Unipersonal", la cual quedará disuelta y extinguida, sin apertura del período de liquidación, con el traspaso a la Sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de aquélla. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2003.
Se hace constar que los socios y los acreedores de las Sociedades participantes en al fusión, tienen el derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, se hace saber, que los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
A Coruña, 19 de marzo de 2003.-Los Administradores Solidarios de la Sociedad absorbente y el Administrador único de la Sociedad absorbida, D. José Turnes Paredes y D. Serafín Veras Vázquez.-10.380. 2.a 25-3-2003.
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Anuncio de fusión A efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Juntas Generales Universales de las entidades "Suministros Agrogando, S. L.", y "Progando, S. L., Sociedad Unipersonal", con fecha 18 de marzo de 2003, se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, adquiriendo "Suministros Agrogando, S. L.", por sucesión universal, el patrimonio de "Progando, S. L.
Sociedad Unipersonal", la cual quedará disuelta y extinguida, sin apertura del período de liquidación, con el traspaso a la Sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de aquélla. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2003.
Se hace constar que los socios y los acreedores de las Sociedades participantes en al fusión, tienen el derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, se hace saber, que los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
A Coruña, 19 de marzo de 2003.-Los Administradores Solidarios de la Sociedad absorbente y el Administrador único de la Sociedad absorbida, D. José Turnes Paredes y D. Serafín Veras Vázquez.-10.380. 1.a 24-3-2003.
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