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CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B26309583
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SERVICIOS ALCASTE SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SERVICIOS ALCASTE SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión efectuada por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que con fecha 30 de junio de 2004, las Juntas Generales Extraordinarias de las Sociedades «Ñam Bilbao, Sociedad Limitada», «Ñam Restaurante Pamplona, Sociedad Limitada», «Becaler, Sociedad Limitada» y «Servicios Alcaste, Sociedad Limitada», celebradas con carácter universal, acordaron aprobar por unanimidad la fusión por absorción de estas tres últimas sociedades por la primera de ellas, con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, con ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión, suscrito por los administradores de las Sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Vizcaya, Navarra y La Rioja y del Informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión suscrito por los citados Administradores. Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener en cada domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercitar su derecho de oposición los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.
Baracaldo, 8 de septiembre de 2004.-D. Alfonso Orlando Olasagasti, Administrador Único de «Ñam Bilbao, Sociedad Limitada» y «Ñam Restaurante Pamplona, Sociedad Limitada» y D. Sebastián Beunza Domeño, Presidente del Consejo de Administración de «Becaler, Sociedad Limitada» y «Servicios Alcaste, Sociedad Limitada».-42.672. y 3.ª 16-9-2004
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Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión efectuada por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que con fecha 30 de junio de 2004, las Juntas Generales Extraordinarias de las Sociedades «Ñam Bilbao, Sociedad Limitada», «Ñam Restaurante Pamplona, Sociedad Limitada», «Becaler, Sociedad Limitada» y «Servicios Alcaste, Sociedad Limitada», celebradas con carácter universal, acordaron aprobar por unanimidad la fusión por absorción de estas tres últimas sociedades por la primera de ellas, con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, con ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión, suscrito por los administradores de las Sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Vizcaya, Navarra y La Rioja y del Informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión suscrito por los citados Administradores. Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener en cada domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercitar su derecho de oposición los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.
Baracaldo, 8 de septiembre de 2004.-D. Alfonso Orlando Olasagasti, Administrador Único de «Ñam Bilbao, Sociedad Limitada» y «Ñam Restaurante Pamplona, Sociedad Limitada» y D. Sebastián Beunza Domeño, Presidente del Consejo de Administración de «Becaler, Sociedad Limitada» y «Servicios Alcaste, Sociedad Limitada».-42.672. 2.ª 15-9-2004
Absorbente | |
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Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión efectuada por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que con fecha 30 de junio de 2004, las Juntas Generales Extraordinarias de las Sociedades «Ñam Bilbao, Sociedad Limitada», «Ñam Restaurante Pamplona, Sociedad Limitada», «Becaler, Sociedad Limitada» y «Servicios Alcaste, Sociedad Limitada», celebradas con carácter universal, acordaron aprobar por unanimidad la fusión por absorción de estas tres últimas sociedades por la primera de ellas, con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, con ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión, suscrito por los administradores de las Sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Vizcaya, Navarra y La Rioja y del Informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión suscrito por los citados Administradores. Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener en cada domicilio social el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercitar su derecho de oposición los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.
Baracaldo, 8 de septiembre de 2004.-D. Alfonso Orlando Olasagasti, Administrador Único de «Ñam Bilbao, Sociedad Limitada» y «Ñam Restaurante Pamplona, Sociedad Limitada» y D. Sebastián Beunza Domeño, Presidente del Consejo de Administración de «Becaler, Sociedad Limitada» y «Servicios Alcaste, Sociedad Limitada».-42.672. 1.ª 14-9-2004
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