Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 27 de junio del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita proceso concursal 251/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Serveis Normatius Bcn, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 251/2013 sección C4.
N.I.G. del procedimiento: 0801947120128006473.
Entidad concursada: Serveis Normatius Bcn, S.L., con C.I.F. número B64811532.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 22 de mayo de 2013.
Administrador concursal: Adolfo Batista Llamas, dirección [email protected].
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 L.C.: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 12 de junio de 2013.- El Secretario en sustitución.
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