SENALIZACION VIALES, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS Y PRESTACION DE SERVICIOS.
CNAE 4333 - Revestimiento de suelos y paredes
B03436110
29/03/1989
20 años
(Extinguida el 08/01/2009)
-
0.5M €
Alicante
12
Información sobre balances y cuentas de resultados de SEÑALIZACIONES LEVANTE SL depositados en el Registro Mercantil de Alicante en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SEÑALIZACIONES LEVANTE SL o en los que participa indirectamente.
Publicación en el BORME de los siguientes ceses-dimisiones:
Presidente | |
Vicepresidente | |
Vicesecretario | |
Consejeros | |
Consejero | |
Secretario No Consejero |
Publicación en el BORME de los siguientes revocaciones:
Apoderados Mancomunados/Solidarios | |
Apoderados | |
Apoderado | |
Apoderado Solidario | |
Apoderados Mancomunados |
Se disuelve la sociedad por fusión.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que los socios de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada y Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, ejercitando las competencias de la Junta General, el día 10 de noviembre de 2008, acordaron aprobar la fusión por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, de Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada. Dicha fusión se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto redactado y suscrito por los Consejos de Administración y que fue depositado en el Registro Mercantil de Murcia, Alicante y Málaga con fecha 4 de noviembre de 2008 y en el de Sevilla el 7 de noviembre de 2008. La sociedad Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, absorbe a Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, íntegramente participadas, de forma directa, por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada mediante la integración de sus patrimonios, y disolución sin liquidación de las entidades absorbidas. Este proceso de integración se desarrolla como una fusión simplificada (artículo 250 Ley de Sociedades Anónimas) sin elevación de la cifra del capital social ni determinación de ecuación de canje. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. No se establece tipo de canje dado que las 6.000 participaciones sociales en que se divide el capital social de Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, de Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y de Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada son propiedad de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada. Los balances que han servido de base para la fusión, son los cerrados a 30 de septiembre de 2008. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades que se extinguen habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada será el día 1 de enero de 2008. No existirán, en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de los que conceden la cualidad de socio, dado que no existen en la actualidad en ninguna de las sociedades implicadas. No se atribuirán ventajas en la sociedad absorbente a favor de los actuales administradores de ninguna de las sociedades intervinientes.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión. Según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada ley.
Madrid, a, 11 de noviembre de 2008.-Por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-Por Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-Por Viales de Andalucía, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García, y Por Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-65.491.
y 3.ª 17-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
|
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que los socios de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada y Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, ejercitando las competencias de la Junta General, el día 10 de noviembre de 2008, acordaron aprobar la fusión por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, de Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada. Dicha fusión se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto redactado y suscrito por los Consejos de Administración y que fue depositado en el Registro Mercantil de Murcia, Alicante y Málaga con fecha 4 de noviembre de 2008 y en el de Sevilla el 7 de noviembre de 2008. La sociedad Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, absorbe a Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, íntegramente participadas, de forma directa, por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada mediante la integración de sus patrimonios, y disolución sin liquidación de las entidades absorbidas. Este proceso de integración se desarrolla como una fusión simplificada (artículo 250 Ley de Sociedades Anónimas) sin elevación de la cifra del capital social ni determinación de ecuación de canje. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. No se establece tipo de canje dado que las 6.000 participaciones sociales en que se divide el capital social de Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, de Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y de Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada son propiedad de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada. Los balances que han servido de base para la fusión, son los cerrados a 30 de septiembre de 2008. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades que se extinguen habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada será el día 1 de enero de 2008. No existirán, en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de los que conceden la cualidad de socio, dado que no existen en la actualidad en ninguna de las sociedades implicadas. No se atribuirán ventajas en la sociedad absorbente a favor de los actuales administradores de ninguna de las sociedades intervinientes.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión. Según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada ley.
Madrid, a, 11 de noviembre de 2008.-Por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-Por Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-Por Viales de Andalucía, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García, y Por Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-65.491.
2.ª 14-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
|
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que los socios de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada y Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, ejercitando las competencias de la Junta General, el día 10 de noviembre de 2008, acordaron aprobar la fusión por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, de Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada. Dicha fusión se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto redactado y suscrito por los Consejos de Administración y que fue depositado en el Registro Mercantil de Murcia, Alicante y Málaga con fecha 4 de noviembre de 2008 y en el de Sevilla el 7 de noviembre de 2008. La sociedad Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, absorbe a Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, íntegramente participadas, de forma directa, por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada mediante la integración de sus patrimonios, y disolución sin liquidación de las entidades absorbidas. Este proceso de integración se desarrolla como una fusión simplificada (artículo 250 Ley de Sociedades Anónimas) sin elevación de la cifra del capital social ni determinación de ecuación de canje. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. No se establece tipo de canje dado que las 6.000 participaciones sociales en que se divide el capital social de Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, de Viales de Andalucía, Sociedad Limitada y de Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada son propiedad de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada. Los balances que han servido de base para la fusión, son los cerrados a 30 de septiembre de 2008. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades que se extinguen habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de Pinturas Jaque, Sociedad Limitada será el día 1 de enero de 2008. No existirán, en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de los que conceden la cualidad de socio, dado que no existen en la actualidad en ninguna de las sociedades implicadas. No se atribuirán ventajas en la sociedad absorbente a favor de los actuales administradores de ninguna de las sociedades intervinientes.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión. Según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada ley.
Madrid, a, 11 de noviembre de 2008.-Por Pinturas Jaque, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-Por Señalizaciones Levante, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-Por Viales de Andalucía, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García, y Por Marcas Andaluzas, Sociedad Limitada, el Secretario del Consejo de Administración, José M.ª Oliver García.-65.491.
1.ª 13-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
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SEÑALIZACIONES LEVANTE SL fué una empresa constituida el 29/03/1989 y extinguida el 08/01/2009 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. y con domicilio en Alicante/AlacantSu clasificación nacional de actividades económicas era Revestimiento de suelos y paredes.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.
SEÑALIZACIONES LEVANTE SL tiene 0 cargos directivos en activo y 23 cargos directivos históricos.