902101262 934955710
CNAE 6420 - Actividades de las sociedades holding
A08009540
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2.5M €
Madrid
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SALVAT EDITORES SA depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | 2022 Inmediata | 2023 Inmediata | Consultar en Axesor |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SALVAT EDITORES SA o en los que participa indirectamente.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las respectivas sociedades, celebradas el día 14 de abril de 2003, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de Salvat Editores, Sociedad Anónima, mediante la segregación de una parte de su patrimonio en favor de la sociedad Promotora de Artes Gráficas, Sociedad Limitada, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades que participan en la escisión y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión.
Asimismo los acreedores de ambas sociedades pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión.
Barcelona, 14 de abril de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Salvat Editores, Sociedad Anónima, Jean Paul Dupoizat.-El Secretario del Consejo de Administración de Promotora de Artes Gráficas, Sociedad Limitada, Emmanuel Segond.-14.505. y 3.a 21-4-2003.
Escindida |
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Beneficiaria |
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las respectivas sociedades, celebradas el día 14 de abril de 2003, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de Salvat Editores, Sociedad Anónima, mediante la segregación de una parte de su patrimonio en favor de la sociedad Promotora de Artes Gráficas, Sociedad Limitada, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades que participan en la escisión y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión.
Asimismo los acreedores de ambas sociedades pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión.
Barcelona, 14 de abril de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Salvat Editores, Sociedad Anónima, Jean Paul Dupoizat.-El Secretario del Consejo de Administración de Promotora de Artes Gráficas, Sociedad Limitada, Emmanuel Segond.-14.505. 2.a 16-4-2003.
Escindida |
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Beneficiaria |
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las respectivas sociedades, celebradas el día 14 de abril de 2003, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de Salvat Editores, Sociedad Anónima, mediante la segregación de una parte de su patrimonio en favor de la sociedad Promotora de Artes Gráficas, Sociedad Limitada, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades que participan en la escisión y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión.
Asimismo los acreedores de ambas sociedades pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión.
Barcelona, 14 de abril de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Salvat Editores, Sociedad Anónima, Jean Paul Dupoizat.-El Secretario del Consejo de Administración de Promotora de Artes Gráficas, Sociedad Limitada, Emmanuel Segond.-14.505. 1.a 15-4-2003.
Escindida |
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Beneficiaria |
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