Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 06 de febrero del 2025 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa ROLMOVIL SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 23 de enero del 2025 con los datos de inscripción Diario: 25 Sección: 2 Pág: 409 - 409.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, con fecha 30 de diciembre de 2024, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades RolmoviL, S.L. (Sociedad Escindida), Carrillo Roldán Holding, S.L. (Sociedad Beneficiaria) y Rolmovility, S.L. (Sociedad Beneficiaria que adoptará denominación social de la escindida en virtud del artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil), acordaron por unanimidad del total capital social de ambas, proceder a la escisión total de la sociedad Rolmovil, S.L. en beneficio de las sociedades Carrillo Roldan Holding, S.L. y Rolmovility, S.L. y en consecuencia, la disolución sin liquidación de Rolmovil, S.L., y la transmisión en bloque de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a Carrillo Roldán Holding, S.L. y Rolmovility, S.L. Las participaciones sociales de cada una de las sociedades beneficiarias se atribuirán a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital social de la misma. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Escisión Total, aprobado y firmado por todos los administradores de las dos sociedades implicadas en la operación de fusión con fecha 30 de noviembre de 2024.
De conformidad con el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesario publicar ni depositar los documentos relacionados en el artículo 7 del citado Real Decreto, ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de escisión total de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión cerrado a 30 de septiembre de 2024.
Asimismo, se hace constar expresamente a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de escisión, que pueden ejercer los derechos previstos en el artículo 13 del RDL 5/2023, de 28 de junio.
Barcelona, 23 de enero de 2025.- El Secretario del Consejo de Administración de Rolmovil, S.L., Don José Antonio Carrillo Roldán; los Administradores solidarios de Carrillo Roldán Holding, S.L., Don Francisco Javier Carrillo Roldán, Don José Antonio Carrillo Roldán, Daniel Carrillo Roldán; y los Administradores Solidarios de Rolmovility, S.L., Don José Antonio Carrillo Roldán y Don Daniel Carrillo Roldán.
Escindida |
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Beneficiaria |