Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 11 de abril del 2025 del anuncio de anuncio de transformación en la empresa PROSAGESSE SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 08 de abril del 2025 con los datos de inscripción Diario: 71 Sección: 2 Pág: 1694 - 1694.
De acuerdo con en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace público que el accionista único de Prosagesse, S.A. Unipersonal (la "Sociedad"), esto es, Técnicas de Innovación y Zonificación Analítica, S.L. (el "Accionista Único"), ha aprobado en fecha 8 de abril de 2025, la transformación de la Sociedad en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, conservando su personalidad jurídica y pasando a denominarse Prosagesse, S.L. (la "Transformación").
La Transformación ha sido aprobada ajustándose al proyecto de transformación redactado y suscrito por el Administrador Único de la Sociedad el 8 de abril de 2025 (el "Proyecto de Transformación"), aprobándose por el Accionista Único, simultáneamente y tras la adopción del acuerdo de Transformación: (i) el balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2024 como balance de transformación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20.3.1º y 23.2 del RDL 5/2023, (ii) la consiguiente sustitución de acciones por participaciones sociales y su adjudicación al Accionista Único y (iii) el nuevo texto de estatutos sociales, cumpliendo los requisitos y formalidades establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para las sociedades de responsabilidad limitada.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del RDL 5/2023 se hace constar que, dado que la Sociedad es unipersonal y la Transformación fue adoptada y aprobada necesariamente en junta universal y por unanimidad, y no habiendo personas que de conformidad con la ley o los estatutos sociales de las Sociedad pudiesen ejercitar legítimamente el derecho de voto, no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto de Transformación ni los restantes documentos exigidos por la ley. Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el artículo 7.1.2º del RDL 5/2023.
De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación y del balance presentado.
En Madrid, 8 de abril de 2025.- El Administrador Único, Dª María Teresa Hebrero Esteban.
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