Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 30 de enero del 2025 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa POLY JUTE SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 16 de enero del 2025 con los datos de inscripción Diario: 20 Sección: 2 Pág: 334 - 335.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que la junta general extraordinaria de accionistas de Poly Jute, S.A. (la "Sociedad Absorbente") celebrada el 27 de diciembre de 2024, aprobó la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de Promociones Ródenas y Rivera Hellín, S.L., ("Sociedad Absorbida").
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida, la cual se extingue y disuelve sin liquidación, a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito el 20 de noviembre de 2024 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión.
Esta fusión se realiza con expreso acogimiento al artículo 56.1 del RDL 5/2023, ya que ambas sociedades están participadas por los mismos socios y accionistas, y en la misma proporción, por lo que resulta de aplicación, en lo que proceda, lo dispuesto para las fusiones de sociedades íntegramente participadas, reguladas en el artículo 53.1 del RDL 5/2023. Por tanto, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3, 5, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley, (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el informe del órgano de administración, (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (v) la aprobación de la fusión por la junta general de socios de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar que el proyecto común de fusión quedó depositado en el Registro Mercantil de Albacete. Asimismo, quedó a disposición de los trabajadores en los respectivos domicilios sociales toda la información referida en los artículos 7 y 46 del RDL 5/2023, para su examen, así como para la entrega o envío gratuito en la forma prevista legalmente. La fusión aprobada no tendrá consecuencias o impacto sobre el empleo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios, accionistas y a los acreedores de cada una de las Sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDL 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
En Hellín, 16 de enero de 2025.- Dña. María del Carmen Ródenas Rivera, Presidenta del consejo de administración de Poly Jute, S.A. y Dña. María Dolores Ródenas Rivera, Presidenta del consejo de administración de Promociones Ródenas y Rivera Hellín, S.L.
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