Cargando...
Fecha publicación
Fuente
BOE

Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 08 de julio del 2020 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Edicto.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal 58/2009, seguido a instancias de la Procuradora doña Petra Ramos Pérez, en nombre y representación de PINTURAS Y REVESTIMIENTOS ADRIÁN, S.L., con CIF n.º B-35415892, se ha dictado Auto el día 2 de septiembre de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la Conclusión del concurso de la mercantil PINTURAS Y REVESTIMIENTO ADRIÁN, S.L., por inexistencia de bienes (176 BIS LC), declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión:

- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica de PINTURAS Y REVESTIMIENTOS ADRIAN, S.L., y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme, que sera entregado al procurador instante para su diligenciamiento y gestión.

La concursada se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria, Tomo 1244, de Sociedades, folio 117, Sección 8.ª, hoja GC 14011 e inscripción 1.ª. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del procurador actor. Procédase a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal.

​- Cesa la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

- Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LC).

Notifíquese esta resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y dése a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Así lo acuerda, manda y firma, don Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil, núm. dos de Las Palmas. El Magistrado-Juez.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

Empresa
  • PINTURA Y REVESTIMIENTOS ADRIAN SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 03/07/2020  

Volver a PINTURA Y REVESTIMIENTOS ADRIAN SL