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Información sobre balances y cuentas de resultados de NET TRANS IBERICA SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por NET TRANS IBERICA SL o en los que participa indirectamente.
Acuerdo de fusión De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente: Primero.-Que las Juntas Generales de "Maxam Environment, Sociedad Limitada" y "Net Trans Ibérica, Sociedad Limitada", celebradas el 21 de noviembre de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por parte de "Maxam Environment Sociedad Limitada" a "Net Trans Ibérica, Sociedad Limitada" adquiriendo aquélla, por sucesión universal, el patrimonio de la absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Segundo.-Que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Tercero.-Que, según lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la citada Ley durante el plazo de un mes contando desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 21 de noviembre de 2002.-Los Órganos de Administración.-51.096. y 3.a 26-11-2002.
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Acuerdo de fusión De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente: Primero.-Que las Juntas Generales de "Maxam Environment, Sociedad Limitada" y "Net Trans Ibérica, Sociedad Limitada", celebradas el 21 de noviembre de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por parte de "Maxam Environment Sociedad Limitada" a "Net Trans Ibérica, Sociedad Limitada" adquiriendo aquélla, por sucesión universal, el patrimonio de la absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Segundo.-Que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Tercero.-Que, según lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la citada Ley durante el plazo de un mes contando desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 21 de noviembre de 2002.-Los Órganos de Administración.-51.096. 2.a 25-11-2002.
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Acuerdo de fusión De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente: Primero.-Que las Juntas Generales de "Maxam Environment, Sociedad Limitada" y "Net Trans Ibérica, Sociedad Limitada", celebradas el 21 de noviembre de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por parte de "Maxam Environment Sociedad Limitada" a "Net Trans Ibérica, Sociedad Limitada" adquiriendo aquélla, por sucesión universal, el patrimonio de la absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Segundo.-Que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Tercero.-Que, según lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la citada Ley durante el plazo de un mes contando desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 21 de noviembre de 2002.-Los Órganos de Administración.-51.096. 1.a 22-11-2002.
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