TEJERAS, s/n 30510 YECLA. (MURCIA). Ver mapa
CNAE 3102 - Fabricación de muebles de cocina
B73181919
18/04/2002
23 años
-
0.5M €
Murcia
Información sobre balances y cuentas de resultados de NAVARRO RUBIO SILLERIA SL depositados en el Registro Mercantil de Murcia en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | 2022 Inmediata | 2023 Inmediata | Consultar en Axesor |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por NAVARRO RUBIO SILLERIA SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión Se hace público que la Junta general y universal de socios de "Nayca, Sociedad Limitada", celebrada el 2 de enero de 2002, aprobó, por unanimidad la escisión total de "Nayca, Sociedad Limitada", que se extinguirá con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades que han de constituirse "Navarro Rubio Sillería, Sociedad Limitada" y "J. Calvo Sillería, Sociedad Limitada", quienes adquirirán por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositados en el Registro Mercantil de Murcia.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Yecla, 11 de enero de 2002.-Los Administradores mancomunados, José Antonio Calvo López y Modesto Javier Navarro Rubio.-2.040.
y 3.a 30-1-2002.
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Anuncio de escisión Se hace público que la Junta general y universal de socios de "Nayca, Sociedad Limitada", celebrada el 2 de enero de 2002, aprobó, por unanimidad la escisión total de "Nayca, Sociedad Limitada", que se extinguirá con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades que han de constituirse "Navarro Rubio Sillería, Sociedad Limitada" y "J. Calvo Sillería, Sociedad Limitada", quienes adquirirán por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositados en el Registro Mercantil de Murcia.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Yecla, 11 de enero de 2002.-Los Administradores mancomunados, José Antonio Calvo López y Modesto Javier Navarro Rubio.-2.040.
2.a 29-1-2002.
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Anuncio de escisión Se hace público que la Junta general y universal de socios de "Nayca, Sociedad Limitada", celebrada el 2 de enero de 2002, aprobó, por unanimidad la escisión total de "Nayca, Sociedad Limitada", que se extinguirá con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades que han de constituirse "Navarro Rubio Sillería, Sociedad Limitada" y "J. Calvo Sillería, Sociedad Limitada", quienes adquirirán por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositados en el Registro Mercantil de Murcia.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Yecla, 11 de enero de 2002.-Los Administradores mancomunados, José Antonio Calvo López y Modesto Javier Navarro Rubio.-2.040.
1.a 28-1-2002.
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NAVARRO RUBIO SILLERIA SL inscrita en el Registro Mercantil de Murcia. y con domicilio en YeclaSu clasificación nacional de actividades económicas es Fabricación de muebles de cocina.
La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.