Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 13 de noviembre del 2023 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 09 de noviembre del 2023 con los datos de inscripción Diario: 215 Sección: 2 Pág: 7994 - 7994.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se anuncia que los socios únicos decidieron el 1 de noviembre de 2023 la segregación de la unidad económica integrada por los activos y pasivos vinculados a la óptica "Visual Óptica" de Mikado Trading, S.L.U. (la "Sociedad Segregada") a favor de Lencace, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), la cual está participada íntegramente por la primera (la "Segregación"). La Segregación ha sido decidida sobre la base del proyecto común de segregación formulado en fecha 30 de septiembre de 2023 por los órganos de administración de ambas sociedades (el "Proyecto de Segregación"), no habiendo sido depositado ni publicado al haberse adoptado las decisiones de segregación por los socios únicos, resultando aplicable lo previsto en los artículos 9 y 63 del RDL 5/2023. De conformidad con lo previsto en los artículos 53 y 63 del RDL 5/2023, tampoco ha sido necesario el informe de los administradores sobre el Proyecto de Segregación ni informe de expertos independientes. Sin perjuicio de lo anterior, los derechos de información de los trabajadores han sido observados, incluido el informe de los administradores sobre las consecuencias de la Segregación para los trabajadores, que fue puesto a disposición de éstos últimos con fecha 30 de septiembre de 2023. De conformidad con el artículo 10 RDL 5/2023 se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación de la misma, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Sociedad Segregada, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes a solicitar la concesión de garantías dentro del plazo de un mes desde la presente comunicación, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 RDL 5/2023.
Caravaca (Murcia), 9 de noviembre de 2023.- Administradores únicos, Mª Teresa Marín García y Mikado Trading, S.L.U.
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