Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 25 de febrero del 2009 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa MAQUINARIA CME SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 24 de febrero del 2009 con los datos de inscripción Diario: 038 Sección: C Pág: 3102 - 3103.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.
En virtud de decisión adoptada por el Consejo de Administración de la compañía "MAQUINARIA C.M.E., S.A.", se convoca a los accionistas a Junta General Extraordinaria, a celebrar en el domicilio social de la misma, sito en Itziar-Deba (Gipuzkoa), Polígono Industrial de Itiziar, parcela N-2-B el día 27 de marzo a las once horas en primera convocatoria, y, para el caso de que, por no alcanzarse el quórum legalmente necesario, no pudiera celebrarse en primera convocatoria, se convoca asimismo a los accionistas, respetando el plazo establecido en los artículos 10,11 y 12 de los Estatutos Sociales concordante con el 98 de la Ley de Sociedades Anónimas, el día 28 de marzo de 2009, a las once horas, en el mismo lugar, en segunda convocatoria, con el fin de deliberar y adoptar acuerdos sobre los asuntos comprendidos en el siguiente.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar que, a partir de la publicación del presente anuncio de convocatoria, los accionistas tiene derecho a examinar y obtener en el domicilio social de la Compañía, o a solicitar a ésta que les sean remitidos, de forma inmediata y gratuita, el Informe emitido por el Consejo de Administración a través del cual se justifica la propuesta de reducción de capital social y simultánea ampliación, y el Informe que justifica las modificaciones estatutarias, así como el texto íntegro de las mismas y cuanta documentación se refiera a los puntos objeto del orden del día. De conformidad con los establecido en el artículo 112.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que estimen pertinentes, acercad de los asuntos comprendidos en el Orden del Día. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167.1º de la Ley de Sociedades anónimas, los acreedores de la sociedad no podrán oponerse a la reducción de capital cuando ésta tenga como única finalidad restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas. Todo accionista podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no se accionista. La representación deberá conferirse por escrito o por medios de comunicación a distancia que garanticen debidamente la identidad del accionista y con carácter especial para cada junta, salvo cuando el representante sea el cónyuge o un ascendiente o descendiente del representado y cuando aquél ostaente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional.
Itziar-Deba (Gipuzkoa), 24 de febrero de 2009.- José María Zalbidegoitia Garai, Secretario del Consejo de Administración.