CNAE 4673 - Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios
B32013948
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Información sobre balances y cuentas de resultados de MADERAS DE VERIN SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por MADERAS DE VERIN SL o en los que participa indirectamente.
De conformidad con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las citadas entidades, celebradas en sus respectivos domicilios sociales, Madrid, calle Orense número 6, piso 8.º, el día treinta y uno de mayo de dos mil seis, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Primosca, Sociedad Limitada de Maderas de Verín, Sociedad Limitada, con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y traspaso a título universal de todos los bienes y derechos y obligaciones que componen su patrimonio y sin ampliación de capital de la absorbente, por ser ésta titular del cien por cien de la absorbida, todo ello de acuerdo con el Proyecto de Fusión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar el derecho de los socios, acreedores y demás personas -a las que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas- de dichas sociedades a obtener texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los tiempos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir del último anuncio de Fusión.
Madrid, 16 de junio de 2006.-Julia López Nieto y Ana María Iglesias Moure, Administradoras solidarias.-54.412.
y 3.ª 27-9-2006
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Absorbida |
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De conformidad con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las citadas entidades, celebradas en sus respectivos domicilios sociales, Madrid, calle Orense número 6, piso 8.º, el día treinta y uno de mayo de dos mil seis, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Primosca, Sociedad Limitada de Maderas de Verín, Sociedad Limitada, con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y traspaso a título universal de todos los bienes y derechos y obligaciones que componen su patrimonio y sin ampliación de capital de la absorbente, por ser ésta titular del cien por cien de la absorbida, todo ello de acuerdo con el Proyecto de Fusión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar el derecho de los socios, acreedores y demás personas -a las que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas- de dichas sociedades a obtener texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los tiempos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir del último anuncio de Fusión.
Madrid, 16 de junio de 2006.-Julia López Nieto y Ana María Iglesias Moure, Administradoras solidarias.-54.412.
1.ª 25-9-2006
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De conformidad con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las citadas entidades, celebradas en sus respectivos domicilios sociales, Madrid, calle Orense número 6, piso 8.º, el día treinta y uno de mayo de dos mil seis, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Primosca, Sociedad Limitada de Maderas de Verín, Sociedad Limitada, con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y traspaso a título universal de todos los bienes y derechos y obligaciones que componen su patrimonio y sin ampliación de capital de la absorbente, por ser ésta titular del cien por cien de la absorbida, todo ello de acuerdo con el Proyecto de Fusión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar el derecho de los socios, acreedores y demás personas -a las que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas- de dichas sociedades a obtener texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los tiempos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir del último anuncio de Fusión.
Madrid, 16 de junio de 2006.-Julia López Nieto y Ana María Iglesias Moure, Administradoras solidarias.-54.412.
1.ª 25-9-2006
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