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Madrid
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LOMBARD ODIER EUROPE SA o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que el 28 de julio de 2023 el accionista único de LOMBARD ODIER GESTIÓN (ESPAÑA), S.G.I.I.C., S.A. (la "Sociedad Absorbida"), ejerciendo las competencias de la Junta General Extraordinaria de accionistas de dicha sociedad, acordó la fusión transfronteriza intracomunitaria por absorción de LOMBARD ODIER GESTIÓN (ESPAÑA), S.G.I.I.C., S.A. por su accionista único, la sociedad de nacionalidad luxemburguesa LOMBARD ODIER (EUROPE) S.A. (la "Sociedad Absorbente" y junto con la Sociedad Absorbida, las "Sociedades Participantes").
Se hace constar que:
(i) la efectividad de las decisiones sociales del accionista único de la Sociedad Absorbida sobre la fusión descrita en el párrafo anterior está condicionada al cumplimiento de dos (2) condiciones suspensivas, según lo descrito en las referidas decisiones y en el proyecto común sobre la fusión firmado y aprobado por los respectivos Consejos de Administración de las Sociedades Participantes el 28 de junio de 2023 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 12 de julio de 2023; y
(ii) en lo relativo a las decisiones de la Sociedad Absorbente y su publicidad, se estará a lo que disponen las leyes de Luxemburgo, como ley personal de la misma.
Asiste a los accionistas, acreedores y trabajadores o representantes de los trabajadores de las Sociedades Participantes el derecho a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y del balance de fusión y a los acreedores de las Sociedades Participantes el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Madrid, 28 de julio de 2023.- Presidente del Consejo de Administración de Lombard Odier Gestión (España), S.G.I.I.C., S.A, Don Frédéric Rochat.
Absorbente |
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Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción transfronteriza.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el accionista único de la sociedad de nacionalidad española "Lombard Odier & Cie (España) S.V., S.A.U.", ejerciendo las funciones de la Junta general, ha aprobado por unanimidad, con fecha 16 de mayo de 2013, la fusión de "Lombard Odier & Cie (España) S.V., S.A.U." con la sociedad de nacionalidad luxemburguesa "Lombard Odier (Europe), S.A.", lo anterior mediante la absorción de "Lombard Odier & Cie (España) S.V., S.A.U." (sociedad absorbida) por "Lombard Odier (Europe), S.A." (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos, a título universal, a esta última.
La fusión se acordó sobre la base (i) del proyecto común de fusión suscrito por el Consejo de Administración de cada una de las sociedades intervinientes, con fecha 21 de marzo de 2013, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, y (ii) de los Balances de fusión de ambas sociedades, cerrados a 31 de diciembre de 2012.
La fusión aprobada queda condicionada, con carácter suspensivo, al cumplimiento de las siguientes condiciones:
(i) Finalización con éxito del procedimiento de notificación a la Comisión de Supervisión de Servicios Financieros de Luxemburgo ("Commission de Surveillance du Secteur Financier") para el establecimiento de una sucursal en España de la sociedad absorbente, y subsiguiente creación mercantil de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 4 de la Ley del Sector Financiero, de 5 de abril de 1993 y en el Título III, "Disposiciones relativas a la libertad de establecimiento y a la libre prestación de servicios", de la Directiva 2006/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio;
(ii) La obtención de la preceptiva autorización administrativa de la fusión por parte del Ministro de Economía y Competitividad español, a propuesta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 66 y siguientes de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por remisión del artículo 72, y en los artículos 12 y siguientes del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión, por remisión del artículo 19; y
(iii) La obtención de la declaración de no oposición por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para la adquisición por la Sociedad Absorbente de una participación de control en "Lombard Odier Gestión (España), Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva, S.A.", con motivo de la fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Se hace constar, de conformidad con el artículo 43.1 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de "Lombard Odier & Cie (España) S.V., S.A.U." y "Lombard Odier (Europe), S.A." de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento de los artículos 43.1 y 44 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de "Lombard Odier & Cie (España) S.V., S.A.U." y "Lombard Odier (Europe), S.A." de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 44 de la LME.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar que los acreedores y, cuando proceda, los accionistas de las sociedades que se fusionan, podrán ejercitar sus derechos en las condiciones establecidas en la norma de aplicación, siendo la dirección donde pueden obtener, sin gastos, una información exhaustiva sobre esas condiciones de ejercicio de sus derechos la correspondiente al domicilio social de "Lombard Odier & Cie (España) S.V., S.A.U.", el cual se encuentra sito en Madrid, paseo de la Castellana, número 66, cuarta planta, 28046 (Madrid) y en el domicilio social de "Lombard Odier (Europe), S.A." sito en el Gran ducado de Luxemburgo, 5 Allée Scheffer, L-2520.
Madrid, 16 de mayo de 2013.- El Secretario no Consejero de "Lombard Odier & Cie (España) S.V., S.A.U.", José María Mingot Aznar.
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