CNAE 4621 - Comercio al por mayor de cereales, tabaco en rama, simientes y alimentos para animales
B17951278
11/04/2007
2 años
(Extinguida el 29/04/2009)
-
0.5M €
Girona
Información sobre balances y cuentas de resultados de JULIBAL BOTIGUES SL depositados en el Registro Mercantil de Girona en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por JULIBAL BOTIGUES SL o en los que participa indirectamente.
Con fecha 29 de abril de 2009, la sociedad JULIBAL BOTIGUES SL ha sido absorbida por la sociedad CARNIQUES ILLAS JULI SL .
Se disuelve la sociedad por fusión.
Fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas generales y extraordinarias de las sociedades «Carniques Illas Juli, S.L.U.», y «Julibal Botigues, S.L.U.», celebradas con carácter universal el día 7 de noviembre de 2008, acordaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de «Julibal Botigues, S.L.U.», por parte de «Carniques Illas Juli, S.L.U.», con entera transmisión del patrimonio de la Sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dicha sociedad, subrogándose «Carniques Illas Juli, S.L.U.», en todos los derechos y obligaciones de «Julibal Botigues, S.L.U.», que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación. La fusión se llevará a efecto de acuerdo con el proyecto de fusión elaborado conjuntamente por las Administraciones de las sociedades el día 21 de octubre de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Girona el día 10 de noviembre de 2008, y con los respectivos Balances cerrados a 30 de septiembre de 2008.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de fusión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de fusión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de fusión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Blanes , 17 de noviembre de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración de «Carniques Illas Ju-li, S.L.U.» y «Julibal Botigues, S.L.U.», Pere Juli Gallart.-67.576. y 3.ª 27-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
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Fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas generales y extraordinarias de las sociedades «Carniques Illas Juli, S.L.U.», y «Julibal Botigues, S.L.U.», celebradas con carácter universal el día 7 de noviembre de 2008, acordaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de «Julibal Botigues, S.L.U.», por parte de «Carniques Illas Juli, S.L.U.», con entera transmisión del patrimonio de la Sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dicha sociedad, subrogándose «Carniques Illas Juli, S.L.U.», en todos los derechos y obligaciones de «Julibal Botigues, S.L.U.», que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación. La fusión se llevará a efecto de acuerdo con el proyecto de fusión elaborado conjuntamente por las Administraciones de las sociedades el día 21 de octubre de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Girona el día 10 de noviembre de 2008, y con los respectivos Balances cerrados a 30 de septiembre de 2008.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de fusión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de fusión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de fusión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Blanes , 17 de noviembre de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración de «Carniques Illas Ju-li, S.L.U.» y «Julibal Botigues, S.L.U.», Pere Juli Gallart.-67.576. 2.ª 26-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
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Fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas generales y extraordinarias de las sociedades «Carniques Illas Juli, S.L.U.», y «Julibal Botigues, S.L.U.», celebradas con carácter universal el día 7 de noviembre de 2008, acordaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de «Julibal Botigues, S.L.U.», por parte de «Carniques Illas Juli, S.L.U.», con entera transmisión del patrimonio de la Sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dicha sociedad, subrogándose «Carniques Illas Juli, S.L.U.», en todos los derechos y obligaciones de «Julibal Botigues, S.L.U.», que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación. La fusión se llevará a efecto de acuerdo con el proyecto de fusión elaborado conjuntamente por las Administraciones de las sociedades el día 21 de octubre de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Girona el día 10 de noviembre de 2008, y con los respectivos Balances cerrados a 30 de septiembre de 2008.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de fusión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de fusión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de fusión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Blanes , 17 de noviembre de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración de «Carniques Illas Ju-li, S.L.U.» y «Julibal Botigues, S.L.U.», Pere Juli Gallart.-67.576. 1.ª 25-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
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JULIBAL BOTIGUES SL fué una empresa constituida el 11/04/2007 y extinguida el 29/04/2009 inscrita en el Registro Mercantil de Girona. y con domicilio en BlanesSu clasificación nacional de actividades económicas era Comercio al por mayor de cereales, tabaco en rama, simientes y alimentos para animales.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.