944616688 944798210
CNAE 6419 - Otra intermediación monetaria
A48726350
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Información sobre balances y cuentas de resultados de J.P. MORGAN BANK SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por J.P. MORGAN BANK SAU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de disolución con cesión global de Activo y Pasivo
De conformidad con lo previsto en los artículos 260 y 266 de la Ley de Sociedades Anónimas y 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que por decisión de 8 de noviembre de 2005 la entidad J. P. Morgan International Finance Limited, en su calidad de accionista único de J. P. Morgan Bank, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal (Sociedad cedente), ha acordado, previa aprobación del Balancde cerrado a 30 de septiembre 2005, la disolución sin liquidación de la Sociedad cedente mediante la cesión global del Activo y Pasivo resultante de dicho Balance a la entidad inglesa J. P. Morgan Europe Limited (Sociedad cesionaria). La Sociedad cesionaria, por decisión de su Consejo de Administración de 8 de noviembre de 2005, ha aceptado dicha cesion global. Se hace constar que tanto la Sociedad cedente como la Sociedad cesionaria tienen carácter unipersonal y que no hay obligacionistas ni titulares de derechos especiales. Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades cedente y cesionaria de obtener el texto integro del acuerdo de disolución sin liquidación por cesión global del Activo y del Pasivo, y el derecho de dichos acreedores de oponerse a la cesión global dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de disolución sin liquidación por cesión global, en los términos previstos en el artículo 264 del Reglamento del Registro Mercantil. La Sociedad cedente y la Sociedad cesionaria han acordado, en los acuerdos sociales antes mencionados, que la contraprestación por la cesión global consistirá en un determinado número de acciones de la Sociedad cesionaria dimanantes de un aumento de capital acordado por J. P. Morgan Chase International Holdings Limited, como accionista único de la Sociedad cesionaria, asimismo el 8 de noviembre de 2005. Dichas acciones serán atribuidas a la entidad J. P. Morgan International Finance Limited, accionista único de la Sociedad cedente que se disuelve.
La efectividad de los citados acuerdos de cesión global queda condicionada a su preceptiva autorización por el Ministerio de Economía y Hacienda en los términos previstos en el articulo 45 de la Ley de Ordenación Bancaria.
Madrid, 8 de noviembre de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración de J. P. Morgan Bank, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, Javier Amantegui.-El Secretario del Consejo de Administración de J. P. Morgan Europe Limited, J. P. Morgan Secretaries (Uk) Limited, representada por Frances Vance.-57.429.
Cedente |
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Cesionaria |
Anuncio de fusión A los efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público: Que en Bilbao el día 9 de noviembre de 2002, el accionista único de la sociedad "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, y el accionista único de la sociedad "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, ejerciendo las competencias de la Junta general de accionistas, aprobaron la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, por "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal.
Que la fusión ha sido aprobada en los mismos términos contenidos en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Consejos de Administración de "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, y de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, el día 22 de octubre de 2002 y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya con fecha 7 de noviembre de 2002.
Que la fusión aprobada implicará la disolución sin liquidación de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, sociedad absorbida, y la transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio social a "J.P.
Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, sociedad absorbente preexistente que, como consecuencia de la absorción de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, adquirirá la totalidad de su patrimonio con sucesión universal en sus derechos y obligaciones.
Que como consecuencia de la fusión aprobada no procederá ninguna modificación en los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente.
Asimismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y, en su caso, obligacionistas de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión, cerrados a 31 de agosto de 2002, así como el derecho que asiste a los acreedores y, en su caso, obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, y que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.
En Bilbao, a 12 de noviembre de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "J.P.
Morgan Bank, Sociedad Anónima" y de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima".-49.590. y 3.a 18-11-2002.
Absorbente |
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Absorbida |
Anuncio de fusión A los efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público: Que en Bilbao el día 9 de noviembre de 2002, el accionista único de la sociedad "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, y el accionista único de la sociedad "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, ejerciendo las competencias de la Junta general de accionistas, aprobaron la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, por "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal.
Que la fusión ha sido aprobada en los mismos términos contenidos en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Consejos de Administración de "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, y de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, el día 22 de octubre de 2002 y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya con fecha 7 de noviembre de 2002.
Que la fusión aprobada implicará la disolución sin liquidación de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, sociedad absorbida, y la transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio social a "J.P.
Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, sociedad absorbente preexistente que, como consecuencia de la absorción de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, adquirirá la totalidad de su patrimonio con sucesión universal en sus derechos y obligaciones.
Que como consecuencia de la fusión aprobada no procederá ninguna modificación en los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente.
Asimismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y, en su caso, obligacionistas de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión, cerrados a 31 de agosto de 2002, así como el derecho que asiste a los acreedores y, en su caso, obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, y que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.
En Bilbao, a 12 de noviembre de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "J.P.
Morgan Bank, Sociedad Anónima" y de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima".-49.590. y 3.a 15-11-2002.
Absorbente |
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Absorbida |
Anuncio de fusión A los efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público: Que en Bilbao el día 9 de noviembre de 2002, el accionista único de la sociedad "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, y el accionista único de la sociedad "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, ejerciendo las competencias de la Junta general de accionistas, aprobaron la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, por "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal.
Que la fusión ha sido aprobada en los mismos términos contenidos en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Consejos de Administración de "J.P. Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, y de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, el día 22 de octubre de 2002 y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya con fecha 7 de noviembre de 2002.
Que la fusión aprobada implicará la disolución sin liquidación de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, sociedad absorbida, y la transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio social a "J.P.
Morgan Bank, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, sociedad absorbente preexistente que, como consecuencia de la absorción de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, adquirirá la totalidad de su patrimonio con sucesión universal en sus derechos y obligaciones.
Que como consecuencia de la fusión aprobada no procederá ninguna modificación en los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente.
Asimismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y, en su caso, obligacionistas de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión, cerrados a 31 de agosto de 2002, así como el derecho que asiste a los acreedores y, en su caso, obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, y que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.
En Bilbao, a 12 de noviembre de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "J.P.
Morgan Bank, Sociedad Anónima" y de "Corporación Financiera Chase Manhattan, Sociedad Anónima".-49.590. 1.a 14-11-2002.
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