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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 10 de diciembre del 2024 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa HOSTHERMAR SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 02 de diciembre del 2024 con los datos de inscripción Diario: 237 Sección: 2 Pág: 8252 - 8252.


Anuncio de fusión y absorción

HOSTHERMAR SL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se anuncia que el día 4 de noviembre de 2024, la Junta general extraordinaria y universal de socios de "HOSTHERMAR, S.L." (la "Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión por absorción de las sociedades íntegramente participadas, de forma directa, "JOJUTO, S.L." ("la Sociedad Absorbida") y "RECREATIVOS MALUAM, S.L." ("la Sociedad Absorbida"). Del mismo modo, en el mismo día, la Junta general extraordinaria y universal de socios de "JOJUTO, S.L." y "RECREATIVOS MALUAM, S.L." ("Sociedades Absorbidas"), aprobaron el mismo proyecto.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de todas las sociedades con fecha 4 de noviembre de 2024, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 53 y 56 del citado texto legal, al tratarse de una fusión por absorción en la que los tres únicos socios de la Sociedad Absorbente, son los mismos socios y en el mismo porcentaje, en las sociedades absorbidas.

La Fusión supondrá la absorción de las Sociedades absorbidas por parte de "HOSTHERMAR, S.L.", produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación, de aquellas y el traspaso en bloque de sus respectivos patrimonios a "HOSTHERMAR, S.L.", que adquirirá, por sucesión universal, todos los activos, pasivos y relaciones jurídicas de cada una de las Sociedades Absorbidas, y todo ello en base a sus respectivos balances cerrados a 31 de octubre de 2024. Las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán efectuados por la absorbente a partir del 1 de enero de 2025.

La Fusión se acoge a un régimen simplificado, en aplicación de los dispuesto en los artículos 9, 53 y 56 del RDL 5/2023, no siendo necesario informe de los administradores ni anuncio de la convocatoria de la Junta por la que se acordó la fusión ni tampoco la previa publicación o depósito de los documentos exigidos en el artículo 46 de la referida normativa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán ejercer sus derechos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo con el artículo 13 RDL 5/2023.

Madrid, 2 de diciembre de 2024.- Administrador único, Julio Hernández Martín.

Absorbente
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 02/12/2024 Diario: 237 Sección: 2 Pág: 8252 - 8252 

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