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CNAE 6420 - Actividades de las sociedades holding
A78482874
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Información sobre balances y cuentas de resultados de JESPAB SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por JESPAB SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio acuerdo de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía Jespab, Sociedad Anónima, celebrada con el carácter de Universal, en su domicilio social, el día 24 de mayo de 2007, se acordó por unanimidad la escisión total de la mencionada Sociedad mediante el traspaso de todo su patrimonio a dos Sociedades de nueva creación, denominadas Nueva Jespab, Sociedad Anónima y Grupo Jespab, Sociedad Anónima, previa disolución sin liquidación de la sociedad que se escinde, todo ello de acuerdo al Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 7 de marzo de 2007, publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 59, de fecha 23 de marzo de 2007, el Informe emitido por el Experto Independiente designado al efecto por el Registro Mercantil de Madrid; y el preceptivo Informe de los Administradores.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que les asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados por Unanimidad, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas de oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
San Sebastián de los Reyes, a 24 de mayo de 2007.-La Secretaria del Consejo de Administración. Firmado: Beatriz Sánchez-Marcos Esperabé de Arteaga.-37.123.
y 3.ª 6-6-2007
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio acuerdo de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía Jespab, Sociedad Anónima, celebrada con el carácter de Universal, en su domicilio social, el día 24 de mayo de 2007, se acordó por unanimidad la escisión total de la mencionada Sociedad mediante el traspaso de todo su patrimonio a dos Sociedades de nueva creación, denominadas Nueva Jespab, Sociedad Anónima y Grupo Jespab, Sociedad Anónima, previa disolución sin liquidación de la sociedad que se escinde, todo ello de acuerdo al Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 7 de marzo de 2007, publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 59, de fecha 23 de marzo de 2007, el Informe emitido por el Experto Independiente designado al efecto por el Registro Mercantil de Madrid; y el preceptivo Informe de los Administradores.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que les asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados por Unanimidad, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas de oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
San Sebastián de los Reyes, a 24 de mayo de 2007.-La Secretaria del Consejo de Administración. Firmado: Beatriz Sánchez-Marcos Esperabé de Arteaga.-37.123.
1.ª 4-6-2007
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio acuerdo de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía Jespab, Sociedad Anónima, celebrada con el carácter de Universal, en su domicilio social, el día 24 de mayo de 2007, se acordó por unanimidad la escisión total de la mencionada Sociedad mediante el traspaso de todo su patrimonio a dos Sociedades de nueva creación, denominadas Nueva Jespab, Sociedad Anónima y Grupo Jespab, Sociedad Anónima, previa disolución sin liquidación de la sociedad que se escinde, todo ello de acuerdo al Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 7 de marzo de 2007, publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 59, de fecha 23 de marzo de 2007, el Informe emitido por el Experto Independiente designado al efecto por el Registro Mercantil de Madrid; y el preceptivo Informe de los Administradores.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que les asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados por Unanimidad, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas de oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
San Sebastián de los Reyes, a 24 de mayo de 2007.-La Secretaria del Consejo de Administración. Firmado: Beatriz Sánchez-Marcos Esperabé de Arteaga.-37.123.
1.ª 4-6-2007
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio acuerdo de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Ordinaria de Accionistas de la compañía Jespab, Sociedad Anónima, celebrada con el carácter de Universal, en su domicilio social, el día 30 de junio de 2006, se acordó por unanimidad la escisión total de la mencionada sociedad mediante el traspaso de todo su patrimonio a dos sociedades de nueva creación, denominadas Nueva Jespab, Sociedad Anónima y Grupo Jespab, Sociedad Anónima, previa disolución sin liquidación de la sociedad que se escinde, todo ello de acuerdo al Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 24 de mayo de 2006, publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, número 105, en fecha 6 de junio de 2006, el Informe de los administradores y el Informe emitido por el experto independiente designado al efecto por el Registro Mercantil de Madrid.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que les asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas de oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
San Sebastián de los Reyes, a 3 de agosto de 2006. Beatriz Sánchez-Marcos Esperabé de Arteaga. La Secretaria del Consejo de Administración.-49.050.
1.ª 10-8-2006
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio acuerdo de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Ordinaria de Accionistas de la compañía Jespab, Sociedad Anónima, celebrada con el carácter de Universal, en su domicilio social, el día 30 de junio de 2006, se acordó por unanimidad la escisión total de la mencionada sociedad mediante el traspaso de todo su patrimonio a dos sociedades de nueva creación, denominadas Nueva Jespab, Sociedad Anónima y Grupo Jespab, Sociedad Anónima, previa disolución sin liquidación de la sociedad que se escinde, todo ello de acuerdo al Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 24 de mayo de 2006, publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, número 105, en fecha 6 de junio de 2006, el Informe de los administradores y el Informe emitido por el experto independiente designado al efecto por el Registro Mercantil de Madrid.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que les asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas de oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
San Sebastián de los Reyes, a 3 de agosto de 2006. Beatriz Sánchez-Marcos Esperabé de Arteaga. La Secretaria del Consejo de Administración.-49.050.
1.ª 10-8-2006
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio acuerdo de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Ordinaria de Accionistas de la compañía Jespab, Sociedad Anónima, celebrada con el carácter de Universal, en su domicilio social, el día 30 de junio de 2006, se acordó por unanimidad la escisión total de la mencionada sociedad mediante el traspaso de todo su patrimonio a dos sociedades de nueva creación, denominadas Nueva Jespab, Sociedad Anónima y Grupo Jespab, Sociedad Anónima, previa disolución sin liquidación de la sociedad que se escinde, todo ello de acuerdo al Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 24 de mayo de 2006, publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, número 105, en fecha 6 de junio de 2006, el Informe de los administradores y el Informe emitido por el experto independiente designado al efecto por el Registro Mercantil de Madrid.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que les asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas de oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
San Sebastián de los Reyes, a 3 de agosto de 2006. Beatriz Sánchez-Marcos Esperabé de Arteaga. La Secretaria del Consejo de Administración.-49.050.
1.ª 10-8-2006
Escindida |
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Beneficiaria |
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