Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 26 de febrero del 2025 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 19 de febrero del 2025 con los datos de inscripción Diario: 39 Sección: 2 Pág: 746 - 746.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDME"), se hace público que, el día 19 de febrero de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de AUDIT VALENCIA, S.L.P., como sociedad absorbente, aprobó la operación de fusión por absorción de INVERSCO CONSULTORA ESPECIALIZADA, S.L. por parte de aquélla, en la modalidad de fusión especial sometida al régimen de los artículos 9 y 56.1 RDME, supuesto asimilado a la absorción de una sociedad íntegramente participada del artículo 53.1 RDME, dado que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, son sociedades íntegramente participadas, de forma directa, por los mismos dos socios y en la misma proporción del cincuenta por ciento del capital social (fusión gemelar o entre hermanas). En consecuencia, la Fusión se acoge al régimen simplificado, resultando de aplicación lo previsto en los artículos 53.1 y 55 RDME. Mediante esta fusión, AUDIT VALENCIA, S.L.P. adquiere, en bloque y por sucesión universal, la totalidad del patrimonio de INVERSCO CONSULTORA ESPECIALIZADA, S.L., que se ha extinguido sin liquidación como consecuencia de la ejecución de la fusión, subrogándose la primera en todos los derechos y obligaciones de esta última.
La operación de fusión ha sido aprobada conforme al proyecto común de fusión suscrito por los administradores solidarios de ambas sociedades intervinientes el día 19 de febrero de 2025, con base en los balances de fusión cerrados en las siguientes fechas: el de AUDIT VALENCIA, S.L.P., el 30 de septiembre de 2024; y el de INVERSCO CONSULTORA ESPECIALIZADA, S.L., el 31 de diciembre de 2024.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Los acreedores podrán ejercer los derechos de protección que les corresponden conforme al artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º, del RDME en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión.
Valencia, 19 de febrero de 2025.- Administradores solidarios, Antonio José Alonso Martí y Julián Sabater Picot.
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