952336599
CNAE 4673 - Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios
B29260981
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2.5M €
Málaga
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Información sobre balances y cuentas de resultados de INTERMARK MALAGA SL depositados en el Registro Mercantil de Málaga en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por INTERMARK MALAGA SL o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242 de la L.S.A., por remisión del art. 254 del mismo texto legal, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad «Intermark Málaga, Sociedad Limitada», celebrada el 22 de enero de 2007, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la citada entidad mediante la segregación de la totalidad de su patrimonio social en dos entidades, correspondiendo como beneficiaria de la escisión a «Kripsol Intermark Málaga, Sociedad Limitada», la actividad de distribución de equipos para piscinas, y a «Cortes de la Frontera 32, Sociedad Limitada», la actividad inmobiliaria. Ambas sociedades adquirirán por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado. La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por todos los Administradores de las sociedades intervinientes el día 27 de diciembre de 2006, depositado en el Registro Mercantil de Málaga bajo el número de documento 1/2007/39 diario 247, asiento 1375, así como en los términos de los acuerdos adoptados por la Junta de socios indicada.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Los acreedores de la sociedad escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art. 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la escisión parcial.
Málaga, 24 de enero de 2007.-Los Administradores solidarios de Intermark Málaga, S. L. don José Martagon García, don Julio Pérez Baño y don Juan Antonio Haro Domínguez.-5.026. 2.ª 7-2-2007
Escindida |
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Beneficiaria |
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242 de la L.S.A., por remisión del art. 254 del mismo texto legal, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad «Intermark Málaga, Sociedad Limitada», celebrada el 22 de enero de 2007, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la citada entidad mediante la segregación de la totalidad de su patrimonio social en dos entidades, correspondiendo como beneficiaria de la escisión a «Kripsol Intermark Málaga, Sociedad Limitada», la actividad de distribución de equipos para piscinas, y a «Cortes de la Frontera 32, Sociedad Limitada», la actividad inmobiliaria. Ambas sociedades adquirirán por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado. La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por todos los Administradores de las sociedades intervinientes el día 27 de diciembre de 2006, depositado en el Registro Mercantil de Málaga bajo el número de documento 1/2007/39 diario 247, asiento 1375, así como en los términos de los acuerdos adoptados por la Junta de socios indicada.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Los acreedores de la sociedad escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art. 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la escisión parcial.
Málaga, 24 de enero de 2007.-Los Administradores solidarios de Intermark Málaga, S. L. don José Martagon García, don Julio Pérez Baño y don Juan Antonio Haro Domínguez.-5.026. 2.ª 7-2-2007
Escindida |
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Beneficiaria |
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242 de la L.S.A., por remisión del art. 254 del mismo texto legal, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad «Intermark Málaga, Sociedad Limitada», celebrada el 22 de enero de 2007, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la citada entidad mediante la segregación de la totalidad de su patrimonio social en dos entidades, correspondiendo como beneficiaria de la escisión a «Kripsol Intermark Málaga, Sociedad Limitada», la actividad de distribución de equipos para piscinas, y a «Cortes de la Frontera 32, Sociedad Limitada», la actividad inmobiliaria. Ambas sociedades adquirirán por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado. La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por todos los Administradores de las sociedades intervinientes el día 27 de diciembre de 2006, depositado en el Registro Mercantil de Málaga bajo el número de documento 1/2007/39 diario 247, asiento 1375, así como en los términos de los acuerdos adoptados por la Junta de socios indicada.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Los acreedores de la sociedad escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art. 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la escisión parcial.
Málaga, 24 de enero de 2007.-Los Administradores solidarios de Intermark Málaga, S. L. don José Martagon García, don Julio Pérez Baño y don Juan Antonio Haro Domínguez.-5.026. 1.ª 6-2-2007
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INTERMARK MALAGA SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Málaga. Su clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.