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CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
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Información sobre balances y cuentas de resultados de INMOBILIARIA LOPEZ DE HOYOS SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por INMOBILIARIA LOPEZ DE HOYOS SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
Las Juntas Generales Universales de Socios de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada y Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, celebradas el día 27 de mayo de 2005, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades, mediante la absorción de la segunda por la primera así como sus respectivos balances de fusión, de fecha 31 de marzo de 2005, el de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, y de fecha 31 de diciembre de 2004 el de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada. Como consecuencia de la fusión acordada, Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, se extingue sin liquidación transmitiendo en bloque los elementos de su activo y de su pasivo a Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, conforme al Proyecto de Fusión de fecha 18 de Mayo de 2005, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Conforme a lo dispuesto en el Proyecto de Fusión y a los tipos de canje aprobados, se atribuye a los socios de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, las participaciones creadas en la Sociedad absorbente con ocasión de la fusión en un número proporcional a sus respectivas participaciones en la Sociedad absorbida de forma que Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, ha acordado ampliar su capital social en la suma de 11.016.600,00 Euros, mediante la creación de 7.344.400 participaciones sociales de la Serie B con un valor nominal unitario de 1,50 Euros numeradas correlativamente del 11.070.861 al 18.415.260, ambos inclusive, cada una de las cuales se crea con una prima de 1,125 Euros. Cada socio de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, recibe por cada participación de 6,01 Euros de valor nominal cada una de que sea titular, 28 participaciones de la Serie B de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, de 1,50 Euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital. Se ha optado por que la presente operación de fusión quede sometida al régimen fiscal especial previsto en el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar expresamente:
a) El derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión.
b) El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 27 de mayo de 2005.-El Administrador único de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, e Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, don Juan Manuel Grasset Madinaveitia.-29.690. 1.ª 1-6-2005
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Anuncio de fusión
Las Juntas Generales Universales de Socios de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada y Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, celebradas el día 27 de mayo de 2005, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades, mediante la absorción de la segunda por la primera así como sus respectivos balances de fusión, de fecha 31 de marzo de 2005, el de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, y de fecha 31 de diciembre de 2004 el de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada. Como consecuencia de la fusión acordada, Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, se extingue sin liquidación transmitiendo en bloque los elementos de su activo y de su pasivo a Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, conforme al Proyecto de Fusión de fecha 18 de Mayo de 2005, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Conforme a lo dispuesto en el Proyecto de Fusión y a los tipos de canje aprobados, se atribuye a los socios de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, las participaciones creadas en la Sociedad absorbente con ocasión de la fusión en un número proporcional a sus respectivas participaciones en la Sociedad absorbida de forma que Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, ha acordado ampliar su capital social en la suma de 11.016.600,00 Euros, mediante la creación de 7.344.400 participaciones sociales de la Serie B con un valor nominal unitario de 1,50 Euros numeradas correlativamente del 11.070.861 al 18.415.260, ambos inclusive, cada una de las cuales se crea con una prima de 1,125 Euros. Cada socio de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, recibe por cada participación de 6,01 Euros de valor nominal cada una de que sea titular, 28 participaciones de la Serie B de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, de 1,50 Euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital. Se ha optado por que la presente operación de fusión quede sometida al régimen fiscal especial previsto en el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar expresamente:
a) El derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión.
b) El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 27 de mayo de 2005.-El Administrador único de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, e Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, don Juan Manuel Grasset Madinaveitia.-29.690. 1.ª 1-6-2005
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Anuncio de fusión
Las Juntas Generales Universales de Socios de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada y Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, celebradas el día 27 de mayo de 2005, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades, mediante la absorción de la segunda por la primera así como sus respectivos balances de fusión, de fecha 31 de marzo de 2005, el de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, y de fecha 31 de diciembre de 2004 el de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada. Como consecuencia de la fusión acordada, Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, se extingue sin liquidación transmitiendo en bloque los elementos de su activo y de su pasivo a Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, conforme al Proyecto de Fusión de fecha 18 de Mayo de 2005, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Conforme a lo dispuesto en el Proyecto de Fusión y a los tipos de canje aprobados, se atribuye a los socios de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, las participaciones creadas en la Sociedad absorbente con ocasión de la fusión en un número proporcional a sus respectivas participaciones en la Sociedad absorbida de forma que Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, ha acordado ampliar su capital social en la suma de 11.016.600,00 Euros, mediante la creación de 7.344.400 participaciones sociales de la Serie B con un valor nominal unitario de 1,50 Euros numeradas correlativamente del 11.070.861 al 18.415.260, ambos inclusive, cada una de las cuales se crea con una prima de 1,125 Euros. Cada socio de Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, recibe por cada participación de 6,01 Euros de valor nominal cada una de que sea titular, 28 participaciones de la Serie B de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, de 1,50 Euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital. Se ha optado por que la presente operación de fusión quede sometida al régimen fiscal especial previsto en el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar expresamente:
a) El derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión.
b) El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 27 de mayo de 2005.-El Administrador único de Cerro de los Gamos, Sociedad Limitada, e Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada, don Juan Manuel Grasset Madinaveitia.-29.690. 1.ª 1-6-2005
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Anuncio de fusión Las Juntas generales universales de socios de "Iberprogo, Sociedad Limitada", "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada" y "Justabar, Sociedad Limitada", celebradas todas ellas el 31 de julio de 2001, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de las segundas por la primera, así como sus respectivos Balances de fusión, todos ellos de fecha 31 de mayo de 2001.
Como consecuencia de la fusión acordada, "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada", y "Justabar, Sociedad Limitada", se extinguen sin liquidación transmitiendo en bloque los elementos de su activo y de su pasivo a "Iberprogo, Sociedad Limitada" (que, haciendo uso de lo previsto en el artículo 418 del vigente Reglamento del Registro Mercantil, ha adoptado la denominación de la absorbida "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada"), todo conforme al proyecto de fusión de fecha 25 de julio de 2001, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión y a los tipos de canje aprobados, y previa redenominación en euros del capital social de "Iberprogo, Sociedad Limitada" y del valor nominal de las participaciones en que se divide, así como tras ajustar al céntimo más próximo el valor nominal de dichas participaciones a resultas de dicha redenominación, para lo cual ha sido necesario reducir el capital social en la suma de 8,47 euros, se atribuyen a los socios de "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada" y de "Justabar, Sociedad Limitada", las participaciones creadas en la sociedad absorbente con ocasión de la fusión en un número proporcional a sus respectivas participaciones en las sociedades absorbidas y, para ajustar el tipo de canje, una compensación en dinero, de forma que "Iberprogo, Sociedad Limitada" ha acordado ampliar su capital social en la suma de 1.155.723 euros, mediante la creación de 192.300 participaciones sociales con un valor nominal unitario de 6,01 euros numeradas correlativamente del 70.001 al 262.300, ambos inclusive, cada una de las cuales se crea con una prima de 13,96 euros, asignándose estas participaciones de la siguiente forma: Cada socio de "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada", recibe por cada 40 participaciones de 1.000 pesetas de valor nominal cada una de que sea titular; 12 participaciones de "Iberprogo, Sociedad Limitada", de 6,01 euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital y la suma de 1.015,23 pesetas (equivalentes a 6,10 euros).
Cada socio de "Justabar, Sociedad Limitada" recibe por cada 50 participaciones de 1.000 pesetas de valor nominal cada una de que sea titular, 93 participaciones de "Iberprogo, Sociedad Limitada", de 6,01 euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital y la suma de 756,73 pesetas (equivalentes a 4,55 euros).
Se ha optado por que la presente operación de fusión quede sometida al régimen fiscal especial previsto en la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar expresamente: a) El derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.
b) El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 31 de julio de 2001.-El Administrador único de "Iberprogo, S. L." y de "Inmobiliaria López de Hoyos, S. L.".-El Administrador único de "Justabar, S. L.".-41.870. y 3.a 8-8-2001.
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Anuncio de fusión Las Juntas generales universales de socios de "Iberprogo, Sociedad Limitada", "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada" y "Justabar, Sociedad Limitada", celebradas todas ellas el 31 de julio de 2001, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de las segundas por la primera, así como sus respectivos Balances de fusión, todos ellos de fecha 31 de mayo de 2001.
Como consecuencia de la fusión acordada, "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada", y "Justabar, Sociedad Limitada", se extinguen sin liquidación transmitiendo en bloque los elementos de su activo y de su pasivo a "Iberprogo, Sociedad Limitada" (que, haciendo uso de lo previsto en el artículo 418 del vigente Reglamento del Registro Mercantil, ha adoptado la denominación de la absorbida "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada"), todo conforme al proyecto de fusión de fecha 25 de julio de 2001, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión y a los tipos de canje aprobados, y previa redenominación en euros del capital social de "Iberprogo, Sociedad Limitada" y del valor nominal de las participaciones en que se divide, así como tras ajustar al céntimo más próximo el valor nominal de dichas participaciones a resultas de dicha redenominación, para lo cual ha sido necesario reducir el capital social en la suma de 8,47 euros, se atribuyen a los socios de "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada" y de "Justabar, Sociedad Limitada", las participaciones creadas en la sociedad absorbente con ocasión de la fusión en un número proporcional a sus respectivas participaciones en las sociedades absorbidas y, para ajustar el tipo de canje, una compensación en dinero, de forma que "Iberprogo, Sociedad Limitada" ha acordado ampliar su capital social en la suma de 1.155.723 euros, mediante la creación de 192.300 participaciones sociales con un valor nominal unitario de 6,01 euros numeradas correlativamente del 70.001 al 262.300, ambos inclusive, cada una de las cuales se crea con una prima de 13,96 euros, asignándose estas participaciones de la siguiente forma: Cada socio de "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada", recibe por cada 40 participaciones de 1.000 pesetas de valor nominal cada una de que sea titular; 12 participaciones de "Iberprogo, Sociedad Limitada", de 6,01 euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital y la suma de 1.015,23 pesetas (equivalentes a 6,10 euros).
Cada socio de "Justabar, Sociedad Limitada" recibe por cada 50 participaciones de 1.000 pesetas de valor nominal cada una de que sea titular, 93 participaciones de "Iberprogo, Sociedad Limitada", de 6,01 euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital y la suma de 756,73 pesetas (equivalentes a 4,55 euros).
Se ha optado por que la presente operación de fusión quede sometida al régimen fiscal especial previsto en la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar expresamente: a) El derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.
b) El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 31 de julio de 2001.-El Administrador único de "Iberprogo, S. L." y de "Inmobiliaria López de Hoyos, S. L.".-El Administrador único de "Justabar, S. L.".-41.870. 2.a 7-8-2001.
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Anuncio de fusión Las Juntas generales universales de socios de "Iberprogo, Sociedad Limitada", "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada" y "Justabar, Sociedad Limitada", celebradas todas ellas el 31 de julio de 2001, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de las segundas por la primera, así como sus respectivos Balances de fusión, todos ellos de fecha 31 de mayo de 2001.
Como consecuencia de la fusión acordada, "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada", y "Justabar, Sociedad Limitada", se extinguen sin liquidación transmitiendo en bloque los elementos de su activo y de su pasivo a "Iberprogo, Sociedad Limitada" (que, haciendo uso de lo previsto en el artículo 418 del vigente Reglamento del Registro Mercantil, ha adoptado la denominación de la absorbida "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada"), todo conforme al proyecto de fusión de fecha 25 de julio de 2001, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión y a los tipos de canje aprobados, y previa redenominación en euros del capital social de "Iberprogo, Sociedad Limitada" y del valor nominal de las participaciones en que se divide, así como tras ajustar al céntimo más próximo el valor nominal de dichas participaciones a resultas de dicha redenominación, para lo cual ha sido necesario reducir el capital social en la suma de 8,47 euros, se atribuyen a los socios de "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada" y de "Justabar, Sociedad Limitada", las participaciones creadas en la sociedad absorbente con ocasión de la fusión en un número proporcional a sus respectivas participaciones en las sociedades absorbidas y, para ajustar el tipo de canje, una compensación en dinero, de forma que "Iberprogo, Sociedad Limitada" ha acordado ampliar su capital social en la suma de 1.155.723 euros, mediante la creación de 192.300 participaciones sociales con un valor nominal unitario de 6,01 euros numeradas correlativamente del 70.001 al 262.300, ambos inclusive, cada una de las cuales se crea con una prima de 13,96 euros, asignándose estas participaciones de la siguiente forma: Cada socio de "Inmobiliaria López de Hoyos, Sociedad Limitada", recibe por cada 40 participaciones de 1.000 pesetas de valor nominal cada una de que sea titular; 12 participaciones de "Iberprogo, Sociedad Limitada", de 6,01 euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital y la suma de 1.015,23 pesetas (equivalentes a 6,10 euros).
Cada socio de "Justabar, Sociedad Limitada" recibe por cada 50 participaciones de 1.000 pesetas de valor nominal cada una de que sea titular, 93 participaciones de "Iberprogo, Sociedad Limitada", de 6,01 euros de valor nominal cada una, de las creadas por la ampliación de su capital y la suma de 756,73 pesetas (equivalentes a 4,55 euros).
Se ha optado por que la presente operación de fusión quede sometida al régimen fiscal especial previsto en la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar expresamente: a) El derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.
b) El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 31 de julio de 2001.-El Administrador único de "Iberprogo, S. L." y de "Inmobiliaria López de Hoyos, S. L.".-El Administrador único de "Justabar, S. L.".-41.870. 1.a 6-8-2001.
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