Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 09 de mayo del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña,
Por el presente hago saber: Que en este órgano judicial se tramita la Sección I Primera Declaración Concurso número 376/14-c seguido a instancias de la procuradora doña Belén Casal Barbeito sobre Concurso Voluntario Abreviado número 376/14 de la entidad Implementos Espíritu Santo, S.L., en los que ha recaído la siguiente resolución de fecha 17 de marzo del 2016, que se reproduce en extracto:
Auto
En A Coruña, a 17 de marzo del 2016
Hechos
Primero.- Por la administración concursal se emitió informe favorable a la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, presentando informe rendición de cuentas, de todo lo cual por resolución de 12 de febrero del 2016 se dio traslado a la deudora y demás partes personadas para que pudiesen formular oposición en el plazo de quince días.
Segundo.- Ha transcurrido el plazo concedido sin que por las partes se realizara alegación alguna al respecto
Dispongo: Declarar la conclusión del concurso voluntario de la entidad Implementos Espíritu Santo, S.L., por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:
1.- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora.
2.- Procederá la extinción de la entidad Implementos Espíritu Santo, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil, a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.
Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.
Asi lo acuerda manda y firma Nuria Fachal Noguer, Magistrada en funciones de refuerzo de este Juzgado de lo Mercantil; doy fe.
A Coruña, 17 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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