Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 25 de julio del 2013 del anuncio de otros anuncios y avisos legales en la empresa HOTEL FERNAN GONZALEZ SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 17 de julio del 2013 con los datos de inscripción Diario: 140 Sección: C Pág: 12545 - 12546.
Anuncio de reducción de capital para restablecer el equilibrio patrimonial; aumento de capital con cargo a créditos sin derecho de suscripción preferente por los socios; y aumento de capital en 1.499.973,75 euros.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 304 y 305 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se pone en conocimiento de los señores accionistas que en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de Hotel Fernán González, S.A., celebrada el 5 de julio de 2013, en Avenida Alberto Alcocer, núm. 29, 7.ºC, de Madrid, se adoptaron por unanimidad de los presentes los siguientes acuerdos de reducción y ampliación de capital no simultáneos.
1.º Reducir el capital social, que en la actualidad es de 739.079,75 euros totalmente desembolsado, a 343.100,25 euros, mediante la reducción del valor nominal de todas las acciones de la sociedad que pasarán a tener un valor de 69,75 euros cada una, resultando una total de 4.919 acciones, con la correlativa modificación del artículo 7 de los Estatutos. La finalidad de la reducción de capital es restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad disminuido como consecuencia de pérdidas, por lo que no da lugar a reembolsos o condonación de dividendos pasivos de los accionistas. La reducción de capital acordada no es una operación simultánea con el aumento de capital, por lo que su eficacia no queda condicionada a la ejecución del acuerdo de aumento de capital de conformidad con el artículo 344 LSC.
2.º Aumentar el capital social con cargo a créditos, sin derecho de suscripción preferente por los socios, mediante la emisión de nuevas acciones de idéntico valor a las resultantes de la reducción, para absorber el importe del crédito generado a favor de la sociedad GEIMNA, S.L. por 150.851 euros, mediante la emisión de 2.163 acciones ordinarias, nominativas, de idéntico valor a las resultantes de la reducción de capital, numeradas correlativamente del 4.920 al 7.082, creadas a la par.
3.º Aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias de los señores socios en la cantidad de 1.499.992,25 euros, mediante emisión de 21.504 acciones ordinarias, nominativas, de idéntico valor a las resultantes de la reducción, numeradas correlativamente del 7.083 al 28.586, creadas a la par, con desembolso inmediato a la suscripción de una valor aproximado a las dos terceras partes del valor nominal y equivalente a 1.000.000 de euros, debiendo desembolsarse el resto, 499.922,25, dentro de los dos años siguientes y a requerimiento del órgano de administración.
El derecho de preferencia podrá ejercitarse durante el plazo de un mes desde la publicación de los anuncios legalmente previstos. En caso de no suscribirse íntegramente el aumento de capital, será válida la ampliación incompleta que resultare como consecuencia de quienes sí hubieran ejercitado ese derecho de suscripción.
En caso de ejercicio del derecho de suscripción preferente mediante la aportación dineraria, el ejercicio de dicho derecho deberá acreditarse ante la propia sociedad, remitiendo a ésta en su domicilio social justificante con el correspondiente certificado del ingreso del total nominal de las acciones a suscribir en la cuenta abierta a nombre de la sociedad en la entidad financiera "Caja Rural", cuenta número 3060 0001 76 1075481521, añadiendo como reseña o concepto del ingreso los términos "ampliación de capital".
4.º Delegar en el órgano de administración la facultad de señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada, o en la que resulte de su suscripción incompleta, y que será tan pronto como se complete, en su caso, la suscripción del aumento de forma total o incompleta, y una vez acordado y ejecutado el aumento dar nueva redacción al artículo 7.º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.
Como consecuencia de la reducción de capital y posterior aumento de capital no simultáneo y con cargo a créditos quedará modificado el artículo 7.º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.
Madrid, 17 de julio de 2013.- La Administradora única, doña Carolina García Viadero.
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