CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B46559282
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Información sobre balances y cuentas de resultados de GESTION INMOBILIARIA NAVAL SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GESTION INMOBILIARIA NAVAL SL o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias universales de "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada"; "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", y "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", celebradas el día 26 de junio de 2002, adoptaron por unanimidad aprobar la fusión de las tres sociedades, por absorción, de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", y "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", por "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de las dos primeras y transmisión en bloque, a título universal, de su patrimonio a la tercera, quien tras las fusión modificará su denominación social pasando a denominarse "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", modificando su objeto social para acomodarse a las nuevas necesidades de la compañía. El mencionado acuerdo de fusión por absorción se ha adoptado conforme al proyecto de fusión redactado por los Administradores de las tres sociedades, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 5 de junio de 2002.
Las operaciones de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", y "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada", a partir del 1 de enero de 2002.
Se hace especial mención del derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión aprobados, disponiendo, asimismo los acreedores de las dos sociedades que se fusionan, de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, de un plazo de un mes desde la fecha de publicación del tercer anuncio del acuerdo de fusión para oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, dado el carácter universal de las Juntas los trabajadores de las tres sociedades, por sí mismos o a través de sus representantes, en su caso, tienen el derecho a examinar, en los respectivos domicilios sociales de cada una de las sociedades, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 26 de junio de 2002.-Los Órganos de Administración de las tres sociedades: Pedro Domingo Álvarez Ibáñez, Administrador único de "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada" y Administrador solidario de "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", y de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada".
-Beatriz López Valdeolivas, Administrador solidario de "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", y de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada".-31.753. y 3.a 4-7-2002.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias universales de "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada"; "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", y "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", celebradas el día 26 de junio de 2002, adoptaron por unanimidad aprobar la fusión de las tres sociedades, por absorción, de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", y "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", por "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de las dos primeras y transmisión en bloque, a título universal, de su patrimonio a la tercera, quien tras las fusión modificará su denominación social pasando a denominarse "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", modificando su objeto social para acomodarse a las nuevas necesidades de la compañía. El mencionado acuerdo de fusión por absorción se ha adoptado conforme al proyecto de fusión redactado por los Administradores de las tres sociedades, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 5 de junio de 2002.
Las operaciones de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada", y "Ges tión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada", a partir del 1 de enero de 2002.
Se hace especial mención del derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión aprobados, disponiendo, asimismo los acreedores de las dos sociedades que se fusionan, de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, de un plazo de un mes desde la fecha de publicación del tercer anuncio del acuerdo de fusión para oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, dado el carácter universal de las Juntas los trabajadores de las tres sociedades, por sí mismos o a través de sus representantes, en su caso, tienen el derecho a examinar, en los respectivos domicilios sociales de cada una de las sociedades, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 26 de junio de 2002.-Los Órganos de Administración de las tres sociedades: Pedro Domingo Álvarez Ibáñez, Administrador único de "Worldxchange Spain, Sociedad Limitada" y Administrador solidario de "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", y de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada".
-Beatriz López Valdeolivas, Administrador solidario de "Gestión Inmobiliaria Naval, Sociedad Limitada", y de "Tecnología Electrónica y Desarrollo Industrial, Sociedad Limitada".-31.753. 2.a 3-7-2002.
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