EXPLOTACION DEL SERVICIO INTEGRAL DEL GAS ES DECIR LA EXPLOTACION DEL CICLO COMPLETO DEL GAS CANALIZADO, MEDIANTE LA CAPTACION, CONDUCCION, TRATAMIENTO, DEPOSITO, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE GASES LICUADOS O NO. E
CNAE 3522 - Distribución por tubería de combustibles gaseosos
A06219711
20/01/1995
14 años
(Extinguida el 24/12/2008)
-
1M €
Badajoz
5
Información sobre balances y cuentas de resultados de GAS MERIDA SA depositados en el Registro Mercantil de Badajoz en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
---|---|---|---|---|
Marce Landeta Alvaro | Apod. | Marce Landeta Alvaro Apod. | 24/12/2008 | 24/12/2008 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GAS MERIDA SA o en los que participa indirectamente.
Con fecha 9 de enero de 2009, la sociedad GAS MERIDA SA ha sido absorbida por la sociedad NATURGAS ENERGIA DISTRIBUCION SA .
Se disuelve la sociedad por fusión.
Anuncio de fusión
De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que mediante decisión del socio único de Naturgas Energía Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal y Gas Mérida, Sociedad Anónima Unipersonal, se aprobó con fecha 18 de noviembre de 2008, el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por el Administrador Único de las sociedades citadas con fecha 13 de noviembre de 2008, y en consecuencia, la fusión por absorción de Gas Mérida, Sociedad Anónima Unipersonal, y la transmisión en bloque de su patrimonio a Naturgas Energía Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, como sociedad absorbente, a título de sucesión universal, quedando ésta subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas. De igual manera, los socios únicos de las sociedades participantes en la fusión aprobaron como balance de fusión el cerrado al 30 de septiembre de 2008, verificado por los auditores de las sociedades participantes. De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto en relación con el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 18 de noviembre de 2008.-D. Juan Ramón Arraibi Dañobeita. Administrador Único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.-66.764.
y 3.ª 21-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
|
Anuncio de fusión
De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que mediante decisión del socio único de Naturgas Energía Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal y Gas Mérida, Sociedad Anónima Unipersonal, se aprobó con fecha 18 de noviembre de 2008, el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por el Administrador Único de las sociedades citadas con fecha 13 de noviembre de 2008, y en consecuencia, la fusión por absorción de Gas Mérida, Sociedad Anónima Unipersonal, y la transmisión en bloque de su patrimonio a Naturgas Energía Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, como sociedad absorbente, a título de sucesión universal, quedando ésta subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas. De igual manera, los socios únicos de las sociedades participantes en la fusión aprobaron como balance de fusión el cerrado al 30 de septiembre de 2008, verificado por los auditores de las sociedades participantes. De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto en relación con el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 18 de noviembre de 2008.-D. Juan Ramón Arraibi Dañobeita. Administrador Único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.-66.764.
2.ª 20-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
|
Anuncio de Fusión
De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que mediante decisión del socio único de Naturgas Energía Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal y Gas Mérida, Sociedad Anónima Unipersonal, se aprobó con fecha 18 de noviembre de 2008, el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por el Administrador Único de las sociedades citadas con fecha 13 de noviembre de 2008, y en consecuencia, la fusión por absorción de Gas Mérida, Sociedad Anónima Unipersonal, y la transmisión en bloque de su patrimonio a Naturgas Energía Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, como sociedad absorbente, a título de sucesión universal, quedando ésta subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas. De igual manera, los socios únicos de las sociedades participantes en la fusión aprobaron como balance de fusión el cerrado al 30 de septiembre de 2008, verificado por los auditores de las sociedades participantes. De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto en relación con el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 18 de noviembre de 2008.-D. Juan Ramón Arraibi Dañobeita. Administrador Único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.-66.764.
1.ª 19-11-2008
Absorbente | |
Absorbida |
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GAS MERIDA SA fué una empresa constituida el 20/01/1995 y extinguida el 24/12/2008 inscrita en el Registro Mercantil de Badajoz. y con domicilio en MéridaSu clasificación nacional de actividades económicas era Distribución por tubería de combustibles gaseosos.
La empresa tenia un rango de facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.
GAS MERIDA SA tiene 0 cargos directivos en activo y 1 cargos directivos históricos.