CNAE 4121 - Construcción de edificios residenciales
B07543945
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Información sobre balances y cuentas de resultados de GABRIEL Y JOSE PASCUAL SANTANDREU SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GABRIEL Y JOSE PASCUAL SANTANDREU SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General Universal de Socios celebrada en el domicilio social el 30 de diciembre de 2003 ha acordado, por unanimidad, la escisión total de la entidad "Gabriel y José Pascual Santandreu, Sociedad Limitada" mediante su extinción sin liquidación, con división de la totalidad de su patrimonio en dos partes y su transmisión en bloque a título universal a favor de las sociedades beneficiarias de nueva creación denominadas "Grata Terres, Sociedad Limitada" y "Promocions i Excavacions Mallorquines, sociedad Limitada" en los términos consignados en el proyecto de escisión formulado por el órgano de administración en fecha de 15 de diciembre de 2003 y archivado en el Registro Mercantil de Mallorca con el número 485 en el Legajo número Diez de "Proyectos de Fusión y Escisión".
Los socios de la sociedad escindida y los acreedores de la misma pueden obtener copia del texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado así como del balance de escisión.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que ostentan los acreedores de la sociedad escindida a oponerse a la escisión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Palma de Mallorca a, 2 de enero de 2004.-El Administrador único, Don José Pascual Santandreu.-1.785. y 3.a 28-1-2004.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General Universal de Socios celebrada en el domicilio social el 30 de diciembre de 2003 ha acordado, por unanimidad, la escisión total de la entidad "Gabriel y José Pascual Santandreu, Sociedad Limitada" mediante su extinción sin liquidación, con división de la totalidad de su patrimonio en dos partes y su transmisión en bloque a título universal a favor de las sociedades beneficiarias de nueva creación denominadas "Grata Terres, Sociedad Limitada" y "Promocions i Excavacions Mallorquines, sociedad Limitada" en los términos consignados en el proyecto de escisión formulado por el órgano de administración en fecha de 15 de diciembre de 2003 y archivado en el Registro Mercantil de Mallorca con el número 485 en el Legajo número Diez de "Proyectos de Fusión y Escisión".
Los socios de la sociedad escindida y los acreedores de la misma pueden obtener copia del texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado así como del balance de escisión.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que ostentan los acreedores de la sociedad escindida a oponerse a la escisión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Palma de Mallorca a, 2 de enero de 2004.-El Administrador único, Don José Pascual Santandreu.-1.785. 2.a 27-1-2004.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General Universal de Socios celebrada en el domicilio social el 30 de diciembre de 2003 ha acordado, por unanimidad, la escisión total de la entidad "Gabriel y José Pascual Santandreu, Sociedad Limitada" mediante su extinción sin liquidación, con división de la totalidad de su patrimonio en dos partes y su transmisión en bloque a título universal a favor de las sociedades beneficiarias de nueva creación denominadas "Grata Terres, Sociedad Limitada" y "Promocions i Excavacions Mallorquines, sociedad Limitada" en los términos consignados en el proyecto de escisión formulado por el órgano de administración en fecha de 15 de diciembre de 2003 y archivado en el Registro Mercantil de Mallorca con el número 485 en el Legajo número Diez de "Proyectos de Fusión y Escisión".
Los socios de la sociedad escindida y los acreedores de la misma pueden obtener copia del texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado así como del balance de escisión.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que ostentan los acreedores de la sociedad escindida a oponerse a la escisión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Palma de Mallorca a, 2 de enero de 2004.-El Administrador único, Don José Pascual Santandreu.-1.785. 1.a 26-1-2004.
Escindida |
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GABRIEL Y JOSE PASCUAL SANTANDREU SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Construcción de edificios residenciales.
La empresa tiene una facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.