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Madrid
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Información sobre balances y cuentas de resultados de FLASH2FLASH DIGITAL SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | 2022 Inmediata | 2023 Inmediata | Consultar en Axesor |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por FLASH2FLASH DIGITAL SL o en los que participa indirectamente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 24 de agosto de 2015, las juntas generales extraordinarias de socios de "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L." y "F2F DIGITAL, S.L.", respectivamente, han aprobado la escisión parcial de la "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L." a favor de "F2F DIGITAL, S.L." en los términos establecidos en el proyecto de escisión depositado con fecha 4 de agosto de 2015 en el Registro Mercantil de Madrid.
La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L." dedicada a la actividad de "la prestación de servicios propios de agencia de publicidad y de información comercial, relaciones públicas y similares, etc.", constitutiva de una unidad económica, a favor de "F2F DIGITAL, S.L."; para la citada operación, se realiza:
- Una reducción de capital "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L.", mediante la amortización de 27.695 participaciones sociales. En consecuencia, tras la reducción de capital social, ésta quedará fijado en 69.377,00 €, dividido en 69.377 participaciones sociales, iguales, acumulables e indivisibles, de 1 € de valor nominal cada una de ellas.
- Una ampliación de capital social de "F2F DIGITAL, S.L", mediante la creación de 337.805 participaciones sociales. En consecuencia, tras la ampliación de capital social, ésta quedará fijado en 488.815,00 €, dividido en 488.815 participaciones sociales, iguales, acumulables e indivisibles, de 1 € de valor nominal cada una de ellas.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el balance de escisión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
En Madrid, 25 de agosto de 2015.- Don Alonso Colmenares Serra, administrador único de las sociedades "FLASH2FLASH Digital, S.L." y "F2F Digital, S.L.".
Escindida |
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Beneficiaria |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 9 de marzo de 2015, las juntas generales extraordinarias de socios de "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L.", y "F2F DIGITAL, S.L.", respectivamente, han aprobado la escisión parcial de la "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L." a favor de "F2F DIGITAL, S.L.", en los términos establecidos en el proyecto de escisión depositado con fecha 2 de marzo de 2015 en el Registro Mercantil de Madrid.
La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L.", dedicada a la actividad de "la prestación de servicios propios de agencia de publicidad y de información comercial, relaciones públicas y similares, etc.", constitutiva de una unidad económica, a favor de "F2F DIGITAL, S.L."; para la citada operación, se realiza:
- Una reducción de capital "FLASH2FLASH DIGITAL, S.L.", mediante la amortización de 48.040 participaciones sociales. En consecuencia, tras la reducción de capital social, ésta quedará fijado en 49.031,00 €, dividido en 49.031 participaciones sociales, iguales, acumulables e indivisibles, de 1 € de valor nominal cada una de ellas.
- Una ampliación de capital social de "F2F DIGITAL, S.L", mediante la creación de 582.538 participaciones sociales. En consecuencia, tras la ampliación de capital social, ésta quedará fijado en 733.548,00 €, dividido en 733.548 participaciones sociales, iguales, acumulables e indivisibles, de 1 € de valor nominal cada una de ellas.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el balance de escisión.
Se hace constar, igualmente, el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Madrid, 29 de mayo de 2015.- Don Alonso Colmenares Serra, Administrador único de las sociedades "FLASH2FLASH Digital, S.L.", y "F2F Digital, S.L.".
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