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Datos de EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL

EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL

 982284131   

DA AGRICULTURA, s/n PLIND EL CEAO. 27003 LUGO. (LUGO). Ver mapa

Objeto social

CNAE 4634 - Comercio al por mayor de bebidas

CIF

B27280486

Fecha constitución

16/05/2002

Antigüedad

22 años

Capital social

-

Ventas

1M €

Registro

Lugo

Últimas cuentas depositadas

2021



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL depositados en el Registro Mercantil de Lugo en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
2018
Inmediata
2019
Inmediata
2020
Inmediata
2021
Inmediata
Consultar en Axesor
Consultar en Axesor

Productos, Marcas y Nombres Comerciales

LA TIENDA DEL GOURMET REVEX
VerMarca vigente
QUEROLE
VerMarca vigente
ILLA DE ANSARÓN
VerMarca en tramitación
MUSTALLAR
VerMarca vigente

Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL o en los que participa indirectamente.

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  • Modificaciones estatutarias.

    El cargo de administrador será retribuido mediante un sueldo que fije la junta general para cada ejercicio..
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 10/12/2012. Núm. 527044. T 308, F 205, S 8, H LU 8713, I/A 6 
  • Depósito de cuentas anuales

    En junio del 2011 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio 2010 .
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 01/07/2011. Núm. 265062.  
  • Depósito de cuentas anuales

    En junio del 2010 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio 2009 .
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 01/07/2010. Núm. 295985.  
  • Depósito de cuentas anuales

    En junio del 2009 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio 2008 .
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 01/07/2009. Núm. 230347.  
  • Anuncio de escisión

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta general de accionistas de la entidad mercantil "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", celebrada el 10 de diciembre de 2001, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Aprobación del proyecto de escisión parcial suscrito por los Administradores de la sociedad "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", a los efectos previstos por los artículos 252 y siguientes de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, y en consecuencia, acordar que la operación de escisión parcial se lleve a efecto mediante la división del patrimonio de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", en dos bloques cuya composición resulta del detalle del Balance de escisión, atribuyéndose a la sociedad de nueva creación "Exclusivas de Revoltosa, Sociedad Limitada", el segundo de ellos y permaneciendo el primero en la escindida. Con la finalidad de integrar en sociedades distintas lo que son proyectos empresariales asimismo distintos.

    Aprobación del Balance de escisión cerrado a 31 de agosto de 2001.

    La mencionada aprobación de la escisión parcial de la entidad se llevó a cabo en los términos y demás condiciones previstas en el proyecto de escisión parcial.

    A los efectos de identificación de las sociedades participantes en la escisión se señala que "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" es la sociedad escindida, domiciliada en calle Sierra Gañidoira, 56, de Lugo, inscrita en el Registro Mercantil de Lugo al tomo 249 de la Sección 8.a del Libro de Sociedades, folio 147, hoja LU-998 y con CIF número A-27002633.

    La nueva sociedad que va a crearse es una sociedad de responsabilidad limitada, que se inscribirá en el Registro Mercantil de Lugo bajo la denominación "Exclusivas Revoltosa, Sociedad Limitada".

    Al amparo de lo establecido en el artículo 228 del Reglamento del Registro Mercantil, se aprueban los Estatutos que han de regir el funcionamiento de la nueva sociedad, así como la identidad de las personas que han de encargarse inicialmente de la administración y representación de la misma, cargos que recayeron en doña Alicia Buide Fernández, mayor de edad, con DNI número XXXXXXX, y en Genaro Trigo Trigo, mayor de edad, con DNI número XXXXXXX.

    El tipo de canje de las acciones determinado sobre la base del valor real del patrimonio será el siguiente: Una participación social de la sociedad beneficiaria, "Exclusivas Revoltosa, Sociedad Limitada", sociedad a constituir, de 5,01 euros nominales cada una de las iguales características y derechos que las existentes, en el momento de la emisión, por cada acción de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", de 1.000 pesetas (6,01 euros) de valor nominal cada una que se posean.

    La escisión parcial proyectada se realizará mediante la transmisión de los elementos patrimoniales determinados en el Balance de escisión como aportación al capital social de una nueva sociedad.

    El importe de la aportación neta ascenderá a la cifra de 230.485,61 euros y este importe determinará la cifra del capital social a reducir en "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" y en la misma cuantía el importe del capital social por el cual se constituirá la sociedad beneficiaria de la escisión parcial. En su consecuencia las 42.004 acciones de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" con un valor nominal de 1.000 pesetas (6,01 euros) por acción pasarán a tener un valor nominal de 1 euro por acción mediante la disminución de su valor nominal.

    De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Asimismo, y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta general, los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Lugo, 21 de diciembre de 2001.-Los Administradores.-1.228. y 3.a 23-1-2002.

    Escindida
    Beneficiaria
    • EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 21/12/2001. Núm. 27002633. Diario: 015 Sección: R Pág: 2220 - 2220 
  • Anuncio de escisión

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta general de accionistas de la entidad mercantil "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", celebrada el 10 de diciembre de 2001, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Aprobación del proyecto de escisión parcial suscrito por los Administradores de la sociedad "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", a los efectos previstos por los artículos 252 y siguientes de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, y en consecuencia, acordar que la operación de escisión parcial se lleve a efecto mediante la división del patrimonio de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", en dos bloques cuya composición resulta del detalle del Balance de escisión, atribuyéndose a la sociedad de nueva creación "Exclusivas de Revoltosa, Sociedad Limitada", el segundo de ellos y permaneciendo el primero en la escindida. Con la finalidad de integrar en sociedades distintas lo que son proyectos empresariales asimismo distintos.

    Aprobación del Balance de escisión cerrado a 31 de agosto de 2001.

    La mencionada aprobación de la escisión parcial de la entidad se llevó a cabo en los términos y demás condiciones previstas en el proyecto de escisión parcial.

    A los efectos de identificación de las sociedades participantes en la escisión se señala que "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" es la sociedad escindida, domiciliada en calle Sierra Gañidoira, 56, de Lugo, inscrita en el Registro Mercantil de Lugo al tomo 249 de la Sección 8.a del Libro de Sociedades, folio 147, hoja LU-998 y con CIF número A-27002633.

    La nueva sociedad que va a crearse es una sociedad de responsabilidad limitada, que se inscribirá en el Registro Mercantil de Lugo bajo la denominación "Exclusivas Revoltosa, Sociedad Limitada".

    Al amparo de lo establecido en el artículo 228 del Reglamento del Registro Mercantil, se aprueban los Estatutos que han de regir el funcionamiento de la nueva sociedad, así como la identidad de las personas que han de encargarse inicialmente de la administración y representación de la misma, cargos que recayeron en doña Alicia Buide Fernández, mayor de edad, con DNI número XXXXXXX, y en Genaro Trigo Trigo, mayor de edad, con DNI número XXXXXXX.

    El tipo de canje de las acciones determinado sobre la base del valor real del patrimonio será el siguiente: Una participación social de la sociedad beneficiaria, "Exclusivas Revoltosa, Sociedad Limitada", sociedad a constituir, de 5,01 euros nominales cada una de las iguales características y derechos que las existentes, en el momento de la emisión, por cada acción de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", de 1.000 pesetas (6,01 euros) de valor nominal cada una que se posean.

    La escisión parcial proyectada se realizará mediante la transmisión de los elementos patrimoniales determinados en el Balance de escisión como aportación al capital social de una nueva sociedad.

    El importe de la aportación neta ascenderá a la cifra de 230.485,61 euros y este importe determinará la cifra del capital social a reducir en "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" y en la misma cuantía el importe del capital social por el cual se constituirá la sociedad beneficiaria de la escisión parcial. En su consecuencia las 42.004 acciones de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" con un valor nominal de 1.000 pesetas (6,01 euros) por acción pasarán a tener un valor nominal de 1 euro por acción mediante la disminución de su valor nominal.

    De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Asimismo, y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta general, los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Lugo, 21 de diciembre de 2001.-Los Administradores.-1.228. 2.a 22-1-2002.

    Escindida
    Beneficiaria
    • EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 21/12/2001. Núm. 27002633. Diario: 014 Sección: R Pág: 2089 - 2089 
  • Anuncio de escisión

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta general de accionistas de la entidad mercantil "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", celebrada el 10 de diciembre de 2001, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Aprobación del proyecto de escisión parcial suscrito por los Administradores de la sociedad "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", a los efectos previstos por los artículos 252 y siguientes de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, y en consecuencia, acordar que la operación de escisión parcial se lleve a efecto mediante la división del patrimonio de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", en dos bloques cuya composición resulta del detalle del Balance de escisión, atribuyéndose a la sociedad de nueva creación "Exclusivas de Revoltosa, Sociedad Limitada", el segundo de ellos y permaneciendo el primero en la escindida. Con la finalidad de integrar en sociedades distintas lo que son proyectos empresariales asimismo distintos.

    Aprobación del Balance de escisión cerrado a 31 de agosto de 2001.

    La mencionada aprobación de la escisión parcial de la entidad se llevó a cabo en los términos y demás condiciones previstas en el proyecto de escisión parcial.

    A los efectos de identificación de las sociedades participantes en la escisión se señala que "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" es la sociedad escindida, domiciliada en calle Sierra Gañidoira, 56, de Lugo, inscrita en el Registro Mercantil de Lugo al tomo 249 de la Sección 8.a del Libro de Sociedades, folio 147, hoja LU-998 y con CIF número A-27002633.

    La nueva sociedad que va a crearse es una sociedad de responsabilidad limitada, que se inscribirá en el Registro Mercantil de Lugo bajo la denominación "Exclusivas Revoltosa, Sociedad Limitada".

    Al amparo de lo establecido en el artículo 228 del Reglamento del Registro Mercantil, se aprueban los Estatutos que han de regir el funcionamiento de la nueva sociedad, así como la identidad de las personas que han de encargarse inicialmente de la administración y representación de la misma, cargos que recayeron en doña Alicia Buide Fernández, mayor de edad, con DNI número XXXXXXX, y en Genaro Trigo Trigo, mayor de edad, con DNI número XXXXXXX.

    El tipo de canje de las acciones determinado sobre la base del valor real del patrimonio será el siguiente: Una participación social de la sociedad beneficiaria, "Exclusivas Revoltosa, Sociedad Limitada", sociedad a constituir, de 5,01 euros nominales cada una de las iguales características y derechos que las existentes, en el momento de la emisión, por cada acción de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima", de 1.000 pesetas (6,01 euros) de valor nominal cada una que se posean.

    La escisión parcial proyectada se realizará mediante la transmisión de los elementos patrimoniales determinados en el Balance de escisión como aportación al capital social de una nueva sociedad.

    El importe de la aportación neta ascenderá a la cifra de 230.485,61 euros y este importe determinará la cifra del capital social a reducir en "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" y en la misma cuantía el importe del capital social por el cual se constituirá la sociedad beneficiaria de la escisión parcial. En su consecuencia las 42.004 acciones de "Galicia Ducal, Sociedad Anónima" con un valor nominal de 1.000 pesetas (6,01 euros) por acción pasarán a tener un valor nominal de 1 euro por acción mediante la disminución de su valor nominal.

    De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Asimismo, y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta general, los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Lugo, 21 de diciembre de 2001.-Los Administradores.-1.228. 1.a 21-1-2002.

    Escindida
    Beneficiaria
    • EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 21/12/2001. Núm. 27002633. Diario: 013 Sección: R Pág: 2020 - 2020 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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EXCLUSIVAS REVOLTOSA SL inscrita en el Registro Mercantil de Lugo. y con domicilio en LugoSu clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por mayor de bebidas.

La empresa tiene una facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.