Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 02 de febrero del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Doña BELÉN PEREIRA ÁLVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia, en sustitución, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000247/2016-C, y NIG n.º 36038 47 1 2016 0000430, se ha dictado en fecha 27 de diciembre del 2016 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor ESTUDIOS Y PROYECTOS MONTE FARO, S.L., con C.I.F. B-36.523.181, y domicilio social en calle Blanco Porto, número 5. Pontevedra. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Tomo y Libro 3.210, Folio 110 y Hoja PO-40.377.
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al abogado JOSÉ OCAMPO MARTÍNEZ, con D.N.I. número 00000000X, con despacho profesional en Calle Joaquín Loriga, número 24, 1.º C, 36203 de Vigo, y correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.
5º.- Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, por petición de la concursada. Se ha declarado disuelta la entidad ESTUDIOS Y PROYECTOS MONTE FARO, S.L., así como el cese de los administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración Concursal. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
Pontevedra, 9 de enero de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
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