CNAE 6810 - Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B18702266
22/10/2004
20 años
-
0.5M €
Granada
Información sobre balances y cuentas de resultados de EL CHACON 2004 SL depositados en el Registro Mercantil de Granada en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | 2022 3 horas | Consultar en Axesor | |
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Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Guerrero Romero Jesus | Adm. Solid. | Guerrero Romero Jesus Adm. Solid. | 13/12/2024 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por EL CHACON 2004 SL o en los que participa indirectamente.
El administrador solidario de la entidad El Chacón 2004 S.L, con CIF B18702266,, José Flores Mansilla convoca a la Junta General Extraordinaria de Socios, que se celebrara el próximo día Jueves 12 de diciembre de 2024, en la Sala del Área Joven del Ayuntamiento de Alhendín, junto al Teatro Municipal, en calle Almirante Tello Valero s/n de Alhendín, 18620, Alhendín, provincia de Granada, a las 17:00h, con el siguiente:
Orden del día
Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria), Propuesta de aplicación del resultado y censura y aprobación de la gestión social correspondiente al ejercicio 2023.
Segundo.- Se propone a los socios redenominar el capital social de las participaciones que integran el capital social, de un valor nominal de 1.000 euros a un valor nominal de un euro cada participación, facilitando así la titularidad individual de las participaciones en el caso de los herederos de los socios fundadores fallecidos. De aprobarse este punto se canjearían las 240 participaciones existentes en la actualidad entregándose a los socios 240.000 nuevas participaciones en proporción a su participación actual en la sociedad.
Tercero.- Aumentar el capital social de la entidad en el importe de 160.000 euros, mediante aportaciones dinerarias y mediante compensación de créditos, para la emisión de 160.000 nuevas participaciones sociales, de valor nominal un euro cada una, numeradas con los números 240.001 a la 400.000, para restablecer el patrimonio neto reducido como consecuencia de las pérdidas acumuladas en ejercicios anteriores que han dejado el patrimonio neto reducido por debajo de la mitad del capital social, conforme a lo establecido en el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital. Las participaciones emitidas pueden ser suscritas por los socios en proporción a su participación actual en el capital social. El aumento de capital se efectuará por compensación de créditos, compensando a tales efectos los créditos que los socios tienen frente a la sociedad y por aportación dineraria en relación a aquellos socios que no ostenten derechos de créditos frente a la sociedad. El valor de emisión de las nuevas participaciones será coincidente con su valor nominal de un euro por cada participación. Será de aplicación lo previsto en la Sección Tercera y Sección Cuarta, ambas del Capítulo II del Título VIII del texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital relativa a la "Ejecución del Aumento de Capital" El plazo para el ejercicio del derecho de asunción preferente por cada uno de los socios se computará en el plazo de un mes conforme al artículo 305.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se propone a los socios la renuncia a la notificación del acuerdo de aumento, de manera que el cómputo del plazo de un mes comience a contar desde la fecha de la presente junta de socios. Se delegará en los administradores el desarrollo de las funciones relativas a la ejecución de la ampliación de capital, tras la suscripción y desembolso de las participaciones por los socios en el importe finalmente desembolsado, así como lo relativo a la redacción del artículo 6 de los estatutos sociales, relativo al Capital Social. No se prevé la probabilidad de efectuar un aumento incompleto de capital conforme a lo previsto en el artículo 310 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, ya que en ese caso no se restituiría el patrimonio neto de la sociedad. En caso de no aprobarse el aumento de capital propuesto a los socios, se comunica a los socios que los administradores instarán la disolución judicial de la sociedad en cumplimiento de lo previsto en el artículo 366 de la Ley de Sociedades de Capital. El plazo para el ejercicio del derecho de asunción preferente por cada uno de los socios se computará en el plazo de un mes conforme al artículo 305.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. ". En caso de suscripción en segundo grado o por terceros no socios la suscripción deberá efectuarse por aportación dineraria.
Cuarto.- En caso de aprobarse el aumento de capital, se propone igualmente la modificación del artículo 6 de los estatutos sociales relativo al capital social. La redacción propuesta para el artículo 6 sería: "Artículo 6 . Capital social y participaciones sociales. El capital social íntegramente suscrito y desembolsado se fija en cuatrocientos mil euros, dividido en cuatrocientas mil participaciones sociales, numeradas de la 1 a la 400.000, ambas inclusive, de un euro de valor nominal, cada una de ellas, acumulables e indivisibles, que no tendrán el carácter de valores, no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones. Las participaciones atribuirán a los socios los mismos derechos, con las excepciones establecidas en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
Quinto.- Traslado del domicilio social a la Plaza Albert Einstein 7, 7ºA CP 18002 de Granada.
Sexto.- Modificar el artículo 9 de los estatutos para otorgarle la siguiente redacción: "Artículo 9. Junta General de Socios Todo lo que se refiere al funcionamiento de la junta general de la sociedad se regirá, en lo no dispuesto en los estatutos, por lo dispuesto al efecto para la sociedad de responsabilidad limitada en la Ley de Sociedades de Capital. La junta general será dirigida por su o sus administradores, que concederá el uso de la palabra, determinará el tiempo y el final de las intervenciones y someterá a votación los proyectos de acuerdos. La junta general será convocada mediante comunicación, bien por correo certificado con acuse de recibo o bien mediante correo electrónico, a todos los socios en el domicilio designado al efecto o en el que conste en la documentación de la sociedad, con una antelación mínima de 15 días a la fecha de celebración de la junta de socios. De aprobarse la modificación estatutaria se solicitara a los socios que señalen la forma de notificación preferida de las dos previstas en la nueva redacción del artículo 9.".
Séptimo.- Comunicar la dimisión de don Jesús Guerrero Romero del cargo de administrador solidario, y nombramiento de un nuevo administrador solidario en sustitución del administrador saliente.
Octavo.- Exigir la responsabilidad mercantil oportuna a la entidad "ASESGEM" por la confección de la contabilidad societaria, por las inexactitudes contables que arrastra la misma y que han sido corregidas en las cuentas anuales de 2023.
Noveno.- Redacción y aprobación, en su caso, del acta de la junta.
Décimo.- Delegación de facultades. Facultar a los Administradores Solidarios de la sociedad para que, de forma individual o conjunta, comparezcan ante Notario y eleven a públicos los acuerdos adoptados, solicitando la inscripción de lo procedente en el Registro Mercantil de la Provincia, pudiendo llevar a efecto cualquier modificación, subsanación o rectificación de los acuerdos adoptados, en base a la calificación escrita del Señor Registrador Mercantil de la Provincia, hasta conseguir la inscripción de los mismos en dicho Registro.
Los socios tendrán derecho al examen de los documentos sometidos a aprobación de la junta en la forma y modo previsto en los artículos 93, 196 y 287 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Alhendin, 22 de noviembre de 2024.- Administrador Solidario, Jose Flores Mansilla.
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EL CHACON 2004 SL inscrita en el Registro Mercantil de Granada. y con domicilio en AlhendínSu clasificación nacional de actividades económicas es Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.