Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 17 de octubre del 2003 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 30 de septiembre del 2003 con los datos de inscripción Diario: 198 Sección: R Pág: 28049 - 28050.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas Generales Universales y Extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, celebradas el 9 de septiembre de 2003, aprobaron por unanimidad la fusión mediante la absorción de "Bietafol Canarias, Sociedad Limitada Unipersonal", por "Efeso Las Palmas, Sociedad Anónima", con la consecuente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición en bloque de su patrimonio social por la sociedad absorbente, sobre la base de los Balances cerrados a 15 de abril de 2003 y conforme al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables desde el 1 de enero de 2003. Se hace constar que la fusión se realiza sin aumento de capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien de las participaciones de la sociedad absorbida, no siendo preciso, en consecuencia, realizar canje de las par ticipaciones sociales. Por la misma razón, no es necesario informe de administradores ni de experto independiente. No existen en las sociedades intervinientes en la fusión títulos con derechos especiales, ni se otorgarán en la sociedad absorbente acciones o derechos especiales como consecuencia de la fusión. No se otorga ventaja alguna a los administradores de las sociedades fusionadas.
Los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de Fusión. Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse en la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Las Palmas de Gran Canaria, 30 de septiembre de 2003.-La Presidenta del Consejo de Administración de la sociedad absorbida y Administradora Única de la sociedad absorbida.-45.222.
y 3.a 17-10-2003.
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