Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 15 de noviembre del 2011 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 09 de noviembre del 2011 con los datos de inscripción Diario: 216 Sección: C Pág: 37664 - 37664.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LMESM"), por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2011, la Junta General de la mercantil SANTAOLALLA E HIJOS, S.A., celebrada con carácter universal, así como la Junta General de la entidad ECOSAN AMBIENTAL, S.L., celebrada también con carácter universal, y el Socio Único de la entidad ECOVALOR-RECICLADO Y GESTIÓN DE RESIDUOS, S.L. UNIPERSONAL han aprobado por unanimidad, en cada una de ellas, la segregación de dos partes del patrimonio de SANTAOLALLA E HIJOS, S.A., consistentes en dos ramas de actividad relativas al tratamiento y reciclado del vidrio, que forman dos unidades económicas independientes, una a favor de la sociedad preexistente ECOSAN AMBIENTAL, S.L., y la otra a favor de la sociedad de reciente constitución ECOVALOR-RECICLADO Y GESTIÓN DE RESIDUOS, S.L. UNIPERSONAL, que adquirirán cada una de ellas, en bloque y por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las ramas de actividad segregadas, sin que la sociedad segregada se extinga como consecuencia de la segregación, y recibiendo, a cambio, participaciones sociales de las beneficiarias.
A los efectos de lo establecido en el artículo 43 de la LMESM, por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público el derecho que asiste a los respectivos accionistas y socios de las Sociedades intervinientes en la Segregación, así como a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de segregación, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la LMESM, por remisión del artículo 73 de la citada Ley.
Burgos, 9 de noviembre de 2011.- D. Fernando Javier Santa Olalla Pastor, Consejero Delegado Solidario de Santaolalla e Hijos, S.A.; Administrador Solidario de Ecosan Ambiental, S.L., y persona física designada por Santaolalla e Hijos, S.A., para desempeñar el cargo de Administrador Único de Ecovalor-Reciclado y Gestión de Residuos, S.L. Unipersonal.
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