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Datos de DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU

DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU

 913439200     915832122

www.dragados.com/
[email protected]
Objeto social

CNAE 4121 - Construcción de edificios residenciales

CIF

A81563371

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de "Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima" y de "Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal" celebradas ambas con el carácter de Universal en su domicilio social sito en San Sebastián de los Reyes (Madrid), Avenida de Tenerife 4-6, el día 25 de noviembre de 2003 aprobaron, por unanimidad, la fusión de las mismas, mediante la absorción por parte de "Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima", de "Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", la disolución sin liquidación de ésta última y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquélla.

    Los acuerdos de fusión han sido adoptados por las citadas Juntas Generales, ajustándose en todos sus términos al proyecto de fusión formulado por los Administradores de ambas sociedades el día 17 de noviembre de 2003, suscrito por todos ellos, presentado en el Registro Mercantil de Madrid y practicada la correspondiente nota marginal.

    Se hace público, asimismo, que las referidas Juntas Generales aprobaron el citado proyecto de fusión y acordaron igualmente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 239 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, considerar como Balance de Fusión el balance cerrado el 30 de septiembre de 2003, que fue aprobado en las citadas Juntas, sin que se haya producido modificación importante del Activo o del Pasivo de las sociedades participantes en la operación entre la fecha de la elaboración del proyecto de fusión y la celebración de las reuniones de las Juntas Generales.

    Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del día 1 de octubre de 2003.

    De acuerdo con lo previsto en el proyecto de fusión no se atribuirá ventaja alguna en la sociedad absorbente al Administrador de la sociedad absorbida, ni a experto independiente alguno.

    Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el proyecto de fusión, no se atribuirá ningún derecho en la sociedad absorbente a titulares de participaciones de clases especiales, ni a titulares de derechos especiales distintos de las participaciones en la sociedad absorbida, dada la inexistencia de los mismos en esta sociedad.

    La operación de fusión se somete al régimen de neutralidad fiscal establecida en el Título VIII, Capítulo VIII, de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre del Impuesto sobre Sociedades.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los balances de fusión.

    Del mismo modo, se deja expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 166, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.

    Al tratarse de Juntas Generales Extraordinaria celebradas con el carácter de Universal, a partir de la publicación del presente anuncio los representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a los que se refiere el artículo 238 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

    San Sebastián de los Reyes (Madrid), 25 de noviembre de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima, don Jesús Ruiz-Bravo y los Administradores Mancomunados de Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, don Antonio Cortés Sánchez y don Manuel García Buey.-52.880.

    y 3.a 28-11-2003.

    Absorbente
    Absorbida
    • DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 25/11/2003. Núm. 52880. Diario: 228 Sección: R Pág: 33170 - 33171 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de "Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima" y de "Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal" celebradas ambas con el carácter de Universal en su domicilio social sito en San Sebastián de los Reyes (Madrid), Avenida de Tenerife 4-6, el día 25 de noviembre de 2003 aprobaron, por unanimidad, la fusión de las mismas, mediante la absorción por parte de "Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima", de "Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", la disolución sin liquidación de ésta última y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquélla.

    Los acuerdos de fusión han sido adoptados por las citadas Juntas Generales, ajustándose en todos sus términos al proyecto de fusión formulado por los Administradores de ambas sociedades el día 17 de noviembre de 2003, suscrito por todos ellos, presentado en el Registro Mercantil de Madrid y practicada la correspondiente nota marginal.

    Se hace público, asimismo, que las referidas Juntas Generales aprobaron el citado proyecto de fusión y acordaron igualmente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 239 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, considerar como Balance de Fusión el balance cerrado el 30 de septiembre de 2003, que fue aprobado en las citadas Juntas, sin que se haya producido modificación importante del Activo o del Pasivo de las sociedades participantes en la operación entre la fecha de la elaboración del proyecto de fusión y la celebración de las reuniones de las Juntas Generales.

    Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del día 1 de octubre de 2003.

    De acuerdo con lo previsto en el proyecto de fusión no se atribuirá ventaja alguna en la sociedad absorbente al Administrador de la sociedad absorbida, ni a experto independiente alguno.

    Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el proyecto de fusión, no se atribuirá ningún derecho en la sociedad absorbente a titulares de participaciones de clases especiales, ni a titulares de derechos especiales distintos de las participaciones en la sociedad absorbida, dada la inexistencia de los mismos en esta sociedad.

    La operación de fusión se somete al régimen de neutralidad fiscal establecida en el Título VIII, Capítulo VIII, de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre del Impuesto sobre Sociedades.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los balances de fusión.

    Del mismo modo, se deja expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 166, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.

    Al tratarse de Juntas Generales Extraordinaria celebradas con el carácter de Universal, a partir de la publicación del presente anuncio los representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a los que se refiere el artículo 238 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

    San Sebastián de los Reyes (Madrid), 25 de noviembre de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima, don Jesús Ruiz-Bravo y los Administradores Mancomunados de Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, don Antonio Cortés Sánchez y don Manuel García Buey.-52.880.

    2.a 27-11-2003.

    Absorbente
    Absorbida
    • DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 25/11/2003. Núm. 52880. Diario: 227 Sección: R Pág: 33013 - 33014 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de "Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima" y de "Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal" celebradas ambas con el carácter de Universal en su domicilio social sito en San Sebastián de los Reyes (Madrid), Avenida de Tenerife 4-6, el día 25 de noviembre de 2003 aprobaron, por unanimidad, la fusión de las mismas, mediante la absorción por parte de "Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima", de "Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal", la disolución sin liquidación de ésta última y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquélla.

    Los acuerdos de fusión han sido adoptados por las citadas Juntas Generales, ajustándose en todos sus términos al proyecto de fusión formulado por los Administradores de ambas sociedades el día 17 de noviembre de 2003, suscrito por todos ellos, presentado en el Registro Mercantil de Madrid y practicada la correspondiente nota marginal.

    Se hace público, asimismo, que las referidas Juntas Generales aprobaron el citado proyecto de fusión y acordaron igualmente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 239 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, considerar como Balance de Fusión el balance cerrado el 30 de septiembre de 2003, que fue aprobado en las citadas Juntas, sin que se haya producido modificación importante del Activo o del Pasivo de las sociedades participantes en la operación entre la fecha de la elaboración del proyecto de fusión y la celebración de las reuniones de las Juntas Generales.

    Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del día 1 de octubre de 2003.

    De acuerdo con lo previsto en el proyecto de fusión no se atribuirá ventaja alguna en la sociedad absorbente al Administrador de la sociedad absorbida, ni a experto independiente alguno.

    Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el proyecto de fusión, no se atribuirá ningún derecho en la sociedad absorbente a titulares de participaciones de clases especiales, ni a titulares de derechos especiales distintos de las participaciones en la sociedad absorbida, dada la inexistencia de los mismos en esta sociedad.

    La operación de fusión se somete al régimen de neutralidad fiscal establecida en el Título VIII, Capítulo VIII, de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre del Impuesto sobre Sociedades.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los balances de fusión.

    Del mismo modo, se deja expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 166, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.

    Al tratarse de Juntas Generales Extraordinaria celebradas con el carácter de Universal, a partir de la publicación del presente anuncio los representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a los que se refiere el artículo 238 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

    San Sebastián de los Reyes (Madrid), 25 de noviembre de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Dragados Obras y Proyectos, Sociedad Anónima, don Jesús Ruiz-Bravo y los Administradores Mancomunados de Dragados Obras y Proyectos Internacional, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, don Antonio Cortés Sánchez y don Manuel García Buey.-52.880.

    1a 26-11-2003.

    Absorbente
    Absorbida
    • DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 25/11/2003. Núm. 52880. Diario: 226 Sección: R Pág: 32820 - 32820 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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DRAGADOS OBRAS Y PROYECTOS INTERNACIONAL SAU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Construcción de edificios residenciales.

La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.