CNAE 4711 - Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco
A43319425
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Información sobre balances y cuentas de resultados de DISTRIBUIDORA DEL MONTSIA I BAIX EBRE SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DISTRIBUIDORA DEL MONTSIA I BAIX EBRE SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Accionistas/Socios de «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», «Siglo XXI Montsia, Sociedad Limitada Unipersonal», «Mercamora, Sociedad Anónima», «Distribuidora del Montsia i Baix Ebre, Sociedad Anónima» y «Distebre, Sociedad Anónima», celebradas todas el día 9 de noviembre de 2004, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de «Siglo XXI Montsia, Sociedad Limitada Unipersonal», «Mercamora, Sociedad Anónima», «Distribuidora del Montsia i Baix Ebre, Sociedad Anónima» y «Distebre, Sociedad Anónima», por «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», con disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas, adquiriendo la sociedad absorbente, mediante el traspaso en bloque a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, conforme el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por las cinco sociedades participantes de la fusión de fecha 26 de octubre de 2004. Por ser la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas sociedades «gemelas», en cuanto a su composición accionarial, no se produce canje de acciones/participaciones sociales ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de los informes por los administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, según lo establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las acciones/participaciones sociales de las sociedades absorbidas. A tal efecto se informa que se han tomado como Balances de Fusión de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas los cerrados a 31 de julio de 2004, aprobados previamente por las respectivas Juntas Generales, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2004. No existen clases de acciones/participaciones, ni derechos especiales distintos de las acciones/participaciones en la sociedad absorbente o en las sociedades absorbidas, ni se atribuyen ventajas a favor de los Administradores de la sociedad absorbente o de las sociedades absorbidas. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de cada una de las mercantiles fusionadas, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las compañías. Los acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas pueden oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de cada una de las sociedades fusionadas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Oliva (Tarragona), 9 de noviembre de 2004.-La Administradora Única de «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», «Itm Ibérica, Sociedad Anónima», representada por su persona física representante, don Sebastien Jean Claude Pérez, y el Consejero-Delegado Solidario del Consejo de Administración de las sociedades absorbidas, don Philippe Mazerolle.-51.137. y 3.ª 16-11-2004
Absorbente | |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Accionistas/Socios de «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», «Siglo XXI Montsia, Sociedad Limitada Unipersonal», «Mercamora, Sociedad Anónima», «Distribuidora del Montsia i Baix Ebre, Sociedad Anónima» y «Distebre, Sociedad Anónima», celebradas todas el día 9 de noviembre de 2004, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de «Siglo XXI Montsia, Sociedad Limitada Unipersonal», «Mercamora, Sociedad Anónima», «Distribuidora del Montsia i Baix Ebre, Sociedad Anónima» y «Distebre, Sociedad Anónima», por «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», con disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas, adquiriendo la sociedad absorbente, mediante el traspaso en bloque a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, conforme el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por las cinco sociedades participantes de la fusión de fecha 26 de octubre de 2004. Por ser la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas sociedades «gemelas», en cuanto a su composición accionarial, no se produce canje de acciones/participaciones sociales ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de los informes por los administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, según lo establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las acciones/participaciones sociales de las sociedades absorbidas. A tal efecto se informa que se han tomado como Balances de Fusión de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas los cerrados a 31 de julio de 2004, aprobados previamente por las respectivas Juntas Generales, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2004. No existen clases de acciones/participaciones, ni derechos especiales distintos de las acciones/participaciones en la sociedad absorbente o en las sociedades absorbidas, ni se atribuyen ventajas a favor de los Administradores de la sociedad absorbente o de las sociedades absorbidas. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de cada una de las mercantiles fusionadas, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las compañías. Los acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas pueden oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de cada una de las sociedades fusionadas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Oliva (Tarragona), 9 de noviembre de 2004.-La Administradora Única de «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», «Itm Ibérica, Sociedad Anónima», representada por su persona física representante, don Sebastien Jean Claude Pérez, y el Consejero-Delegado Solidario del Consejo de Administración de las sociedades absorbidas, don Philippe Mazerolle.-51.137. 2.ª 15-11-2004
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Accionistas/Socios de «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», «Siglo XXI Montsia, Sociedad Limitada Unipersonal», «Mercamora, Sociedad Anónima», «Distribuidora del Montsia i Baix Ebre, Sociedad Anónima» y «Distebre, Sociedad Anónima», celebradas todas el día 9 de noviembre de 2004, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de «Siglo XXI Montsia, Sociedad Limitada Unipersonal», «Mercamora, Sociedad Anónima», «Distribuidora del Montsia i Baix Ebre, Sociedad Anónima» y «Distebre, Sociedad Anónima», por «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», con disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas, adquiriendo la sociedad absorbente, mediante el traspaso en bloque a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, conforme el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por las cinco sociedades participantes de la fusión de fecha 26 de octubre de 2004. Por ser la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas sociedades «gemelas», en cuanto a su composición accionarial, no se produce canje de acciones/participaciones sociales ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de los informes por los administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, según lo establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las acciones/participaciones sociales de las sociedades absorbidas. A tal efecto se informa que se han tomado como Balances de Fusión de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas los cerrados a 31 de julio de 2004, aprobados previamente por las respectivas Juntas Generales, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2004. No existen clases de acciones/participaciones, ni derechos especiales distintos de las acciones/participaciones en la sociedad absorbente o en las sociedades absorbidas, ni se atribuyen ventajas a favor de los Administradores de la sociedad absorbente o de las sociedades absorbidas. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de cada una de las mercantiles fusionadas, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las compañías. Los acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas pueden oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de cada una de las sociedades fusionadas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Oliva (Tarragona), 9 de noviembre de 2004.-La Administradora Única de «Itm Inmobis, Sociedad Limitada», «Itm Ibérica, Sociedad Anónima», representada por su persona física representante, don Sebastien Jean Claude Pérez, y el Consejero-Delegado Solidario del Consejo de Administración de las sociedades absorbidas, don Philippe Mazerolle.-51.137.
1.ª 12-11-2004
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