Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 09 de febrero del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edictos dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 907/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Distribuidora Arnal, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.-Concurso voluntario 907/201,2 Sección C1
NIG del procedimiento.-08019-47-1-2012-8005452
Entidad concursada.-Distribuidora Arnal, S.A., con CIF n.° A08773756.
Tipo de concurso.-Voluntarlo
Fecha del Auto de declaración.-16/01/2013.
Administrador/es Concursales.-Don Manel Sole Rivera, con correo electrónico [email protected] domicilio en C. Muralla del Carme, 22, 1.º 1.ª, Manresa y n.º de teléfono 938727601
Facultades del concursado.-Intervenido
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Dado en Barcelona a, 30 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
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