Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 20 de diciembre del 2024 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa DISMEVA VALLADOLID SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 13 de diciembre del 2024 con los datos de inscripción S 8, H VA 7113, I/A 14.
Artículo 21º.- Régimen de los administradores. Para ser nombrado administrador no se requerirá la condición de socio; su designación corresponde exclusivamente a la Junta General; el ejercicio del cargo conllevará todas las obligaciones y responsabilidades legales y se ejercerá indefinidamente, sin perjuicio de poder ser cesados en cualquier momento, por acuArtículo 21 bis.- El consejo de administración. Cuando la administración de la Sociedad se encomiende a un Consejo de Administración, se aplicarán las normas que, a continuación, se establecen: Estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de cinco miembros. En caso de que no lo hubiera hecho la Junta General, el Consejo elegirá a su Presidente y su SecArtículo 21 ter.- Convocatoria del consejo de administración. El Consejo se reunirá siempre que lo acuerde su Presidente o el que haga sus veces. Asimismo, los administradores que constituyan al menos un tercio de los miembros del consejo podrán convocarlo, indicando el orden del día, para su celebración en la localidad donde radique el domicilio social, si, Artículo 21 quater.- Constitución y adopción de acuerdos. El Consejo de Administración quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión presentes o representados por otro Consejero, la mitad más uno de sus miembros. La representación se conferirá mediante carta dirigida al Presidente. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los miembros. |