952765732
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B29899986
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0.5M €
Málaga
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Información sobre balances y cuentas de resultados de DESARROLLO INMOBILIARIO GOLF RIO REAL SL depositados en el Registro Mercantil de Málaga en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DESARROLLO INMOBILIARIO GOLF RIO REAL SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción impropia
De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242.º y 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente:
1. La Junta General de socios y el socio único de las compañías mercantiles «Desarrollo Inmobiliario Golf Río Real, Sociedad Limitada» y «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada» Sociedad unipersonal, adoptaron el día 21 de mayo de 2007, entre otros, el acuerdo de fusión por absorción impropia de «Desarrollo Inmobiliario Golf Río Real, Sociedad Limitada» (sociedad absorbida), por «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada» Sociedad unipersonal (sociedad absorbente) adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Málaga.
2. Se mantiene la actual denominación social de la sociedad absorbente, «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada», al no haber sido aceptado el cambio de denominación propuesto por los administradores en el proyecto de fusión. 3. Los señores socios y los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
4. Según lo dispuesto en el artículo 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166.º de la citada Ley, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Marbella, 21 de mayo de 2007.-Don Luis Figueroa Griffith, en nombre y representación de «Gotisca, Sociedad Anónima», Administrador único de la Sociedad Absorbida y don Salvador Contreras Fernández, en nombre y representación de «Río Real Golf Hotel, Sociedad Limitada», Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente.-36.108. 1.ª 28-5-2007
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción impropia
De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242.º y 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente:
1. La Junta General de socios y el socio único de las compañías mercantiles «Desarrollo Inmobiliario Golf Río Real, Sociedad Limitada» y «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada» Sociedad unipersonal, adoptaron el día 21 de mayo de 2007, entre otros, el acuerdo de fusión por absorción impropia de «Desarrollo Inmobiliario Golf Río Real, Sociedad Limitada» (sociedad absorbida), por «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada» Sociedad unipersonal (sociedad absorbente) adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Málaga.
2. Se mantiene la actual denominación social de la sociedad absorbente, «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada», al no haber sido aceptado el cambio de denominación propuesto por los administradores en el proyecto de fusión. 3. Los señores socios y los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
4. Según lo dispuesto en el artículo 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166.º de la citada Ley, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Marbella, 21 de mayo de 2007.-Don Luis Figueroa Griffith, en nombre y representación de «Gotisca, Sociedad Anónima», Administrador único de la Sociedad Absorbida y don Salvador Contreras Fernández, en nombre y representación de «Río Real Golf Hotel, Sociedad Limitada», Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente.-36.108. 1.ª 28-5-2007
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción impropia
De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242.º y 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente:
1. La Junta General de socios y el socio único de las compañías mercantiles «Desarrollo Inmobiliario Golf Río Real, Sociedad Limitada» y «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada» Sociedad unipersonal, adoptaron el día 21 de mayo de 2007, entre otros, el acuerdo de fusión por absorción impropia de «Desarrollo Inmobiliario Golf Río Real, Sociedad Limitada» (sociedad absorbida), por «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada» Sociedad unipersonal (sociedad absorbente) adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Málaga.
2. Se mantiene la actual denominación social de la sociedad absorbente, «Río Real Inversiones Financieras, Sociedad Limitada», al no haber sido aceptado el cambio de denominación propuesto por los administradores en el proyecto de fusión. 3. Los señores socios y los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
4. Según lo dispuesto en el artículo 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166.º de la citada Ley, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Marbella, 21 de mayo de 2007.-Don Luis Figueroa Griffith, en nombre y representación de «Gotisca, Sociedad Anónima», Administrador único de la Sociedad Absorbida y don Salvador Contreras Fernández, en nombre y representación de «Río Real Golf Hotel, Sociedad Limitada», Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente.-36.108. 1.ª 28-5-2007
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DESARROLLO INMOBILIARIO GOLF RIO REAL SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Málaga. Su clasificación nacional de actividades económicas es Promoción inmobiliaria.
La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.