Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 28 de julio del 2016 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa COLISBA SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 04 de julio del 2016 con los datos de inscripción Diario: 143 Sección: C Pág: 8880 - 8880.
La Administradora única doña María Magdalena Crespí Payeras convoca a los accionistas de la entidad COLISBA, S.A., con CIF n.º A-07272560, a la celebración de la Junta General Extraordinaria a celebrar en el domicilio social sito en Alcudia, en la avenida Pedro Mas y Reus, solar 49 (Puerto de Alcudia), el 2 de septiembre de 2016, a las 11 horas, en primera convocatoria, y en el mismo lugar al día siguiente a la misma hora en segunda convocatoria, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Nombramiento de Presidente y Secretario de la reunión.
Segundo.- Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales de la entidad correspondientes al ejercicio 2014.
Tercero.- Aprobación o censura de la gestión realizada por el órgano de Administración durante el ejercicio 2014.
Cuarto.- Aplicación del resultado obtenido durante el ejercicio 2014.
Quinto.- Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales de la entidad correspondientes al ejercicio 2015.
Sexto.- Aprobación o censura de la gestión realizada por el órgano de Administración durante el ejercicio 2015.
Séptimo.- Aplicación del resultado obtenido durante el ejercicio 2015.
Octavo.- Redacción, lectura y aprobación, si procede, del acta de la reunión.
Según dispone el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital se hace constar que a partir de la convocatoria de la junta general cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma y, en su caso, el informe de los auditores de cuentas. Asimismo, se reitera a los señores accionistas que a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 23 de los Estatutos sociales, en caso de que el accionista desee hacerse representar por un tercero deberá conferir la representación por escrito, y si no constare en documento público deberá ser especial para la Junta. Finalmente, se hace constar que se requerirá la presencia de un Notario para que asista a la Junta General y levante acta de los acuerdos que allí se adopten, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital.
Palma de Mallorca, 4 de julio de 2016.- María Magdalena Crespí Payeras, Administradora única.
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