CNAE 1022 - Fabricación de conservas de pescado
B47525746
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CITYGREEN SL o en los que participa indirectamente.
Disolución con cesión global del Activo y del Pasivo a su acciónista único A efectos de lo establecido en los artículos 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de "Citygreen, S.L.", celebrada el 2 de diciembre de 2003, su socio único, "Distribución y Logística de Bebidas, S.L.", ha acordado la disolución de la primera mediante la cesión global del Activo y el Pasivo al socio único.
Se informa a los acreedores de "Citygreen, S.L." (sociedad cedente) y de "Distribución y Logística de Bebidas, S.L." (sociedad cesionaria), sobre el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y a oponerse a la cesión en el plazo y términos previstos en los mencionados artículos 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 246 del Reglamento del Registro Mercantil.
Fuensaldaña, 2 de diciembre de 2003.-El Administrador único, D. Jesús Ángel García Cuesta.-54.414.
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Escisión parcial de la compañía En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254 del mismo texto legal, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de socios de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada", celebrada con carácter de Universal el día 27 de septiembre de 2003, se aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de su patrimonio de la rama de actividad consistente en la compraventa, comercialización y distribución de cervezas, aguas minerales, zumos, productos lácteos, conservas vegetales y pescado, vinos, cavas y productos alimenticios, para su transmisión a una sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión parcial que se denominará "Citygreen, Sociedad Limitada", la cual adquirirá por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, con la consecuente reducción del capital social de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada" en la cuantía de 15.000,00 Euros, mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las 100 participaciones nominativas en que se divide el capital social de la Compañía, en la cifra de 150,00 Euros por participación, dejando establecido el nuevo valor de cada una de las participaciones en 1.050,00 Euros, y quedando, en consecuencia, fijado el capital social en la cifra de 105.000,00 Euros. La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por todos los Administradores de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada", el día 18 de Agosto de 2003 y depositado en el Registro Mercantil de Valladolid el día 20 de agosto de 2003, bajo el número 3.184, así como en los términos acordados en la Junta de Socios indicada. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores de la sociedad parcialmente escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la esción parcial.
Tudela de Duero (Valladolid), 27 de septiembre de 2003.-Los Administradores Mancomunados, Antonio Redondo García y Ángel García Rodríguez.-43.697. y 3.a 2-10-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Escisión parcial de la compañía En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254 del mismo texto legal, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de socios de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada", celebrada con carácter de Universal el día 27 de septiembre de 2003, se aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de su patrimonio de la rama de actividad consistente en la compraventa, comercialización y distribución de cervezas, aguas minerales, zumos, productos lácteos, conservas vegetales y pescado, vinos, cavas y productos alimenticios, para su transmisión a una sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión parcial que se denominará "Citygreen, Sociedad Limitada", la cual adquirirá por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, con la consecuente reducción del capital social de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada" en la cuantía de 15.000,00 Euros, mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las 100 participaciones nominativas en que se divide el capital social de la Compañía, en la cifra de 150,00 Euros por participación, dejando establecido el nuevo valor de cada una de las participaciones en 1.050,00 Euros, y quedando, en consecuencia, fijado el capital social en la cifra de 105.000,00 Euros. La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por todos los Administradores de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada", el día 18 de Agosto de 2003 y depositado en el Registro Mercantil de Valladolid el día 20 de agosto de 2003, bajo el número 3.184, así como en los términos acordados en la Junta de Socios indicada. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores de la sociedad parcialmente escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la esción parcial.
Tudela de Duero (Valladolid), 27 de septiembre de 2003.-Los Administradores Mancomunados, Antonio Redondo García y Ángel García Rodríguez.-43.697. 2.a 1-10-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Escisión parcial de la compañía En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254 del mismo texto legal, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de socios de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada", celebrada con carácter de Universal el día 27 de septiembre de 2003, se aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de su patrimonio de la rama de actividad consistente en la compraventa, comercialización y distribución de cervezas, aguas minerales, zumos, productos lácteos, conservas vegetales y pescado, vinos, cavas y productos alimenticios, para su transmisión a una sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión parcial que se denominará "Citygreen, Sociedad Limitada", la cual adquirirá por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, con la consecuente reducción del capital social de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada" en la cuantía de 15.000,00 Euros, mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las 100 participaciones nominativas en que se divide el capital social de la Compañía, en la cifra de 150,00 Euros por participación, dejando establecido el nuevo valor de cada una de las participaciones en 1.050,00 Euros, y quedando, en consecuencia, fijado el capital social en la cifra de 105.000,00 Euros. La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por todos los Administradores de "Cadima-Castellano de Distribución y Mayoristas, Sociedad Limitada", el día 18 de Agosto de 2003 y depositado en el Registro Mercantil de Valladolid el día 20 de agosto de 2003, bajo el número 3.184, así como en los términos acordados en la Junta de Socios indicada. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores de la sociedad parcialmente escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la esción parcial.
Tudela de Duero (Valladolid), 27 de septiembre de 2003.-Los Administradores Mancomunados, Antonio Redondo García y Ángel García Rodríguez.-43.697. 1.a 30-9-2003.
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Beneficiaria |
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