Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 17 de septiembre del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber:
Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 330/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Ballbeni Vilanova, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.-Concurso voluntario 330/2013, Sección C4.
NIG del procedimiento.-0801947120128007234.
Entidad concursada.-Ballbeni Vilanova, S.L., con CIF n.º: B-61000022.
Tipo de concurso.-Voluntario.
Fecha del auto de declaración.-30/05/2013
Administrador concursal.-Don Óscar López Martínez, con correo electrónico [email protected], y domicilio profesional en Barcelona, avenida Diagonal, 442 bis, 2.ª planta.
Facultades del concursado.-Intervenidas.
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.-Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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