LA ADQUISICION CONSTRUCCION REHABILITACION Y TRANSFORMACION DE BIENES INMUEBLES
CNAE 4399 - Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.
B96251921
21/01/1994
31 años
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0.5M €
Valencia
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4
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por AUXILIAR MORECO SL o en los que participa indirectamente.
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha dictado baja provisional en el óndice de entidades porqué los débitos tributarios de la entidad con la Hacienda pública del Estado han sido declarados fallidos o no haber presentado la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a tres períodos impositivos consecutivos. Se cierra la hoja registral de la sociedad no pudióndose practicar ninguna inscripción.
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario numero 000213/2016, habiéndose dictado en fecha veintiuno de marzo de dos mil dieciséis por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Julia Martínez e Hijos, S.L., con domicilio en calle Nueva Tabarca, 10-bajo, Valencia y CIF n.º B962519213, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 4774, Folio 147, Hoja V-3208. Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, siendo sustituido por la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D./D.ª María Victoria López Quilis con domicilio en la calle Islas Canarias, 175-1, Valencia y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.
Valencia, 21 de marzo de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
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La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.