Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 26 de julio del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Don Francisco Velasco García- Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, 12.ª planta.
Número de asunto.- Concurso voluntario 473/2014 6.
Tipo de concurso.- Voluntario
Entidad instante del concurso y NIF.- AUTOLAVADOS Y ENGRASES, S.L., B58754524.
Fecha del auto de declaración.- 11 de junio de 2014.
Administradores concursales.- DE PASCUAL & MARZO ABOGADOS, S.L.P., la cual designa a D. Ignacio Alonso Cuevillas Fortuny, con NIF 00000000X, abogado, con domicilio profesional en calle Muntaner, 240, Barcelona, y correo electrónico [email protected].
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Régimen de intervención las facultades de la concursada.
Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de dos meses a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurados que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 1 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
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