B76001031
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0.5M €
Las Palmas
Información sobre balances y cuentas de resultados de ATLANTICA DE RECURSOS SL depositados en el Registro Mercantil de Las Palmas en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
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Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Marrero De La Nuez Guillermo | Adm. Concurs. | Marrero De La Nuez Guillermo Adm. Concurs. | 27/06/2013 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ATLANTICA DE RECURSOS SL o en los que participa indirectamente.
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente
Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 147/2013, se ha dictado en fecha 10 de enero de 2018 auto cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:
Se declara la conclusión del concurso de Atlántica de Recursos, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.
Se acuerda la extinción de la sociedad Atlántica de Recursos, S.L., con CIF n.º B-76001031, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.
Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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Edicto.
Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de G.C.,
Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concursal abreviado voluntario n.º 147/2013 de Atlántica de Recursos, S.L. con CIF B76001031, y domicilio en calle Veracruz, Salto El Negro, n.º 47, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas; se ha dictado Diligencia de Ordenación el día 16 de mayo de 2014, en el que consta que:
Presentado por Guillermo Marrero de la Nuez, administración concursal, plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso; se tiene por presentado en tiempo y forma y de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1y2 de la Ley Concursal, póngase de manifiesto el mismo en la secretaría de la oficina judicial.
Se hace saber a los interesados que en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el deudor y los acreedores podrán formular observaciones o propuestas de modificación. Finalizados los plazos S.Sª. acordará sobre la aprobación.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, si no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la LC, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 16 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
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Edicto
Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Las Palmas de G.C.,
Por el presente, hago saber, que en el procedimiento concursal abreviado voluntario n.º 147/2013 instado por la Procuradora doña Diana Isabel Mendoza Rivero en nombre y representación de ATLÁNTICA DE RECURSOS, S.L. con CIF n.º B76001031, y domicilio en calle Veracruz, Salto El Negro, n.º 47, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas; se ha dictado auto el día 10 de abril de 2014, en cuya parte dispositiva consta que:
Dispongo:
Se acuerda la apertura de la fase liquidación, poniéndose fin a la fase común del concurso de ATLÁNTICA DE RECURSOS, S.L.
De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la presente Ley.
Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.
Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Se hace saber a la administración concursal que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. La aprobación del mismo producirá los efectos de apertura de la fase de calificación del concurso. Deberá presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.
Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 10 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
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Procedimiento concursal | 147/2013. |
Fecha de resolución | 16/05/2013 |
Descripcion | Nombramiento de administradores. |
Juzgado | num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL. |
Adm. Concurs. | Marrero De La Nuez Guillermo |
Procedimiento concursal | 147/2013. |
FIRME | Si, |
Fecha de resolución | 16/05/2013 |
Descripcion | Resoluciones acordando la intervención o suspensión de las factultades de administración y disposición del concursado. |
Juzgado | num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL. |
Edicto
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 147/2013, seguido a instancias del Procuradora doña Diana Isabel Mendoza Rivero, en nombre y representación de Atlántica de Recursos, S.L., se ha dictado Auto el día 16 de mayo de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de Atlántica de Recursos, S.L., con CIF n.º B76001031, y domicilio en calle Veracruz, Salto El Negro, n.º 47, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas; el que se tramitará por el procedimiento abreviado y carácter de voluntario.
Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y tablón de anuncios del Juzgado.
Se designa como administrador del concurso al economista D. Guillermo Marrero de la Nuez, el cual ha designado como domicilio postal calle Los Peregrinos, n.º 56, Polígono Industrial El Goro, CP 35219, Telde, Las Palmas; teléfonos 928700034/618506297, fax 928700866 y dirección electrónica [email protected].
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).
Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 22 de mayo de 2013.- La Secretaria judicial.
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