902995399
CNAE 4759 - Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados
B53188157
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2.5M €
DESCONOCIDA
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ARCA MOBILIARIO 97 SL depositados en el Registro Mercantil de DESCONOCIDA en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ARCA MOBILIARIO 97 SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión parcial En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público para general conocimiento que por la Junta general de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", que tuvo lugar el día 18 de noviembre de 2002, fue aprobada la escisión parcial de dicha sociedad, conforme al proyecto de escisión parcial suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes en la operación con fecha 21 de octubre de 2002, depositado en el Registro Mercantil de Alicante, con fecha 15 de noviembre de 2002, y sobre la base del Balance de escisión de dicha sociedad cerrado a 30 de septiembre de 2002. Dicha operación supone la escisión parcial de la rama de actividad consistente en la tenencia de acciones y participaciones sociales en otras entidades, siendo beneficiarias de la misma al 50 por 100 las mercantiles "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Antrax 2020, Sociedad Limitada". Dado que las sociedades beneficiarias al 50 por 100 de la operación de escisión parcial son las mismas entidades jurídicas que ostentan en la actualidad al 50 por 100 la condición de únicos socios de la sociedad escindida, a la presente escisión parcial le es de aplicación, de acuerdo con la doctrina científica y la práctica registral en la materia, lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La referida escisión tiene lugar mediante la disminución de reservas voluntarias de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", en la cantidad de 552.018 euros, equivalente al valor de rama de actividad objeto de escisión consistente en la tenencia de participaciones, esto es, la tenencia del 100 por 100 del porcentaje de capital social en la mercantil "Arca Real Estate, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal. Como consecuencia de la operación de escisión parcial, resultan beneficiarias de la misma: 1) la sociedad beneficiaria "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, la cual recibe un porcentaje total del 50 por 100 de la unidad económica independiente objeto de cesión, mediante la atribución en pleno dominio de 46.001 participaciones sociales, números 1 a 46.001, ambas inclusive y la atribución en copropiedad de una participación social, número 46.002, de 6 euros de valor nominal todas ellas, y 2) la sociedad beneficiaria "Ántrax 2020, Sociedad Limitada", la cual recibe un porcentaje total del 50 por 100 de la unidad económica independiente objeto de cesión mediante la atribución en pleno dominio de 46.001 participaciones sociales, numeros 46.003 a 92.003, ambas inclusive y la atribución en copropiedad de una participación social, número 46.002, de 6 euros de valor nominal todas ellas. Como contrapartida a la integración de la rama de actividad escindida, en ambas sociedades beneficiarias, "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Antrax 2020, Sociedad Limitada", se llevará a cabo, en cada una de ellas, una dotación de reserva de escisión parcial en una cuantía de 238.594,46 euros y una reducción del valor de su activo en la cuantía de 37.414,54 euros.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", a obtener los documentos referidos en el articulo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada". Los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la escisión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Torrevieja (Alicante), 18 de noviembre de 2002.-Los Administradores mancomunados de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada"; el Administrador único de "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal; el Administrador único de "Antrax 2020, Sociedad Limitada".-51.005. y 3.a 27-11-2002.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión parcial En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público para general conocimiento que por la Junta general de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", que tuvo lugar el día 18 de noviembre de 2002, fue aprobada la escisión parcial de dicha sociedad, conforme al proyecto de escisión parcial suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes en la operación con fecha 21 de octubre de 2002, depositado en el Registro Mercantil de Alicante, con fecha 15 de noviembre de 2002, y sobre la base del Balance de escisión de dicha sociedad cerrado a 30 de septiembre de 2002. Dicha operación supone la escisión parcial de la rama de actividad consistente en la tenencia de acciones y participaciones sociales en otras entidades, siendo beneficiarias de la misma al 50 por 100 las mercantiles "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Antrax 2020, Sociedad Limitada". Dado que las sociedades beneficiarias al 50 por 100 de la operación de escisión parcial son las mismas entidades jurídicas que ostentan en la actualidad al 50 por 100 la condición de únicos socios de la sociedad escindida, a la presente escisión parcial le es de aplicación, de acuerdo con la doctrina científica y la práctica registral en la materia, lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La referida escisión tiene lugar mediante la disminución de reservas voluntarias de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", en la cantidad de 552.018 euros, equivalente al valor de rama de actividad objeto de escisión consistente en la tenencia de participaciones, esto es, la tenencia del 100 por 100 del porcentaje de capital social en la mercantil "Arca Real Estate, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal. Como consecuencia de la operación de escisión parcial, resultan beneficiarias de la misma: 1) la sociedad beneficiaria "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, la cual recibe un porcentaje total del 50 por 100 de la unidad económica independiente objeto de cesión, mediante la atribución en pleno dominio de 46.001 participaciones sociales, números 1 a 46.001, ambas inclusive y la atribución en copropiedad de una participación social, número 46.002, de 6 euros de valor nominal todas ellas, y 2) la sociedad beneficiaria "Ántrax 2020, Sociedad Limitada", la cual recibe un porcentaje total del 50 por 100 de la unidad económica independiente objeto de cesión mediante la atribución en pleno dominio de 46.001 participaciones sociales, numeros 46.003 a 92.003, ambas inclusive y la atribución en copropiedad de una participación social, número 46.002, de 6 euros de valor nominal todas ellas. Como contrapartida a la integración de la rama de actividad escindida, en ambas sociedades beneficiarias, "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Antrax 2020, Sociedad Limitada", se llevará a cabo, en cada una de ellas, una dotación de reserva de escisión parcial en una cuantía de 238.594,46 euros y una reducción del valor de su activo en la cuantía de 37.414,54 euros.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", a obtener los documentos referidos en el articulo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada". Los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la escisión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Torrevieja (Alicante), 18 de noviembre de 2002.-Los Administradores mancomunados de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada"; el Administrador único de "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal; el Administrador único de "Antrax 2020, Sociedad Limitada".-51.005. 2.a 26-11-2002.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión parcial En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público para general conocimiento que por la Junta general de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", que tuvo lugar el día 18 de noviembre de 2002, fue aprobada la escisión parcial de dicha sociedad, conforme al proyecto de escisión parcial suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes en la operación con fecha 21 de octubre de 2002, depositado en el Registro Mercantil de Alicante, con fecha 15 de noviembre de 2002, y sobre la base del Balance de escisión de dicha sociedad cerrado a 30 de septiembre de 2002. Dicha operación supone la escisión parcial de la rama de actividad consistente en la tenencia de acciones y participaciones sociales en otras entidades, siendo beneficiarias de la misma al 50 por 100 las mercantiles "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Antrax 2020, Sociedad Limitada". Dado que las sociedades beneficiarias al 50 por 100 de la operación de escisión parcial son las mismas entidades jurídicas que ostentan en la actualidad al 50 por 100 la condición de únicos socios de la sociedad escindida, a la presente escisión parcial le es de aplicación, de acuerdo con la doctrina científica y la práctica registral en la materia, lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La referida escisión tiene lugar mediante la disminución de reservas voluntarias de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", en la cantidad de 552.018 euros, equivalente al valor de rama de actividad objeto de escisión consistente en la tenencia de participaciones, esto es, la tenencia del 100 por 100 del porcentaje de capital social en la mercantil "Arca Real Estate, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal. Como consecuencia de la operación de escisión parcial, resultan beneficiarias de la misma: 1) la sociedad beneficiaria "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, la cual recibe un porcentaje total del 50 por 100 de la unidad económica independiente objeto de cesión, mediante la atribución en pleno dominio de 46.001 participaciones sociales, números 1 a 46.001, ambas inclusive y la atribución en copropiedad de una participación social, número 46.002, de 6 euros de valor nominal todas ellas, y 2) la sociedad beneficiaria "Ántrax 2020, Sociedad Limitada", la cual recibe un porcentaje total del 50 por 100 de la unidad económica independiente objeto de cesión mediante la atribución en pleno dominio de 46.001 participaciones sociales, numeros 46.003 a 92.003, ambas inclusive y la atribución en copropiedad de una participación social, número 46.002, de 6 euros de valor nominal todas ellas. Como contrapartida a la integración de la rama de actividad escindida, en ambas sociedades beneficiarias, "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Antrax 2020, Sociedad Limitada", se llevará a cabo, en cada una de ellas, una dotación de reserva de escisión parcial en una cuantía de 238.594,46 euros y una reducción del valor de su activo en la cuantía de 37.414,54 euros.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada", a obtener los documentos referidos en el articulo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada". Los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la escisión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Torrevieja (Alicante), 18 de noviembre de 2002.-Los Administradores mancomunados de la mercantil "Arca Mobiliario 97, Sociedad Limitada"; el Administrador único de "Hause of Atlas, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal; el Administrador único de "Antrax 2020, Sociedad Limitada".-51.005. 1.a 25-11-2002.
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ARCA MOBILIARIO 97 SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de DESCONOCIDA. Su clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.